La Seg. Social aplica la nueva cuota de autónomos 2018

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(Actualizado el 12 de febrero de 2020)

En este artículo tratamos todo lo que tuvo que ver con la cuota de autónomos 2018. Recuerda que ya puedes conocer todas las novedades de la cuota de autónomos 2020.


¡Ya es oficial autónomos! La Seguridad Social empezará a cobrar en agosto la nueva cuota de autónomos 2018, tras la aprobación definitiva de los Presupuestos Generales del Estado. En realidad el texto ha sufrido pocos cambios tras su paso por el Senado, coincidiendo además con la llegada del nuevo Gobierno de Pedro Sánchez. La Cámara Alta incluyó un total de 44 enmiendas, de las cuales han sido aprobadas 32 en el pleno del Congreso.

Como ya os comentamos con la aprobación provisional de los presupuestos en el Congreso, la nueva cuota de autónomos 2018 de la Seguridad Social pasará de 275 a casi 279 euros al mes. 

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Nuevas bases de cotización y cuota de autónomos 2018:

En el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), la nueva base mínima de cotización 2018 queda establecida en 932,70 euros mensuales y la máxima en 3.803,70. 

Si cotizas por la base mínima, con cobertura social por contingencias comunes, la Seguridad Social cobrará este mes una nueva cuota de autónomos de 278,87 euros, algo más de tres euros con respecto a la pasada cuota. 

Este aumento se traducirá en un pago total anual de 3346 euros, alrededor de 46 euros más que con la anterior cuota. Eso sí, teniendo en cuenta que ya estamos en julio, hasta final de año pagarás alrededor de 1673 euros. 

Si cotizas por contingencias profesionales, recuerda que variará dependiendo de tu CNAE.

En el caso de que cotices por cese de actividad, recuerda que tu cuota quedará establecida en 293,80 euros al mes. 

En el caso de los autónomos societarios, que cotizan según las bases del Grupo 1 de cotización, la cuota de autónomos de la Seguridad Social ya quedó establecida en un mínimo de 358,53 euros al mes. 

Recuerda que las bases de cotización pueden variar dependiendo de tu edad, si te dedicas a la venta ambulante o a domicilio, o si eres autónomo con pluriactividad. Puedes ver el resto de bases de cotización haciendo clic en el siguiente botón. 

En realidad, como como este pago lo tienes domiciliado, como siempre lo único que tienes que hacer es asegurarte de que tienes suficiente dinero en la cuenta a la hora de realizar el pago a finales de mes.

Si eres beneficiario de alguna bonificación, como la tarifa plana de 50 euros, por favor recuerda estar muy atento a los cambios de los tramos de la ayuda, para ahorrar recargos de la Seguridad Social. 

Además, si quisieras realizar cualquier cambio en la cuenta en la que domicilias las cuotas, ha variado un poco la manera de hacerlo. Eso sí, una de las novedades es que si realizas este cambio con un autorizado del Sistema RED, puedes poner un número cuenta del que no seas el titular.  

Recuerda que puedes deducir tu cuota de autónomos en concepto de IRPF.

En el siguiente artículo te explicamos todo lo referente a la anotación de este gasto deducible 👇

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