Notificaciones Electrónicas AEAT: Qué son y cómo recibirlas
Desde octubre de 2016, las empresas españolas y las entidades sin personalidad, tienen la obligación de relacionarse con notificaciones electrónicas tanto con la AEAT, como otras Administraciones Públicas. Por su parte, los autónomos no tienen la obligación, puesto que es una gestión voluntaria, pero sí es bastante práctico.
Desde Txerpa Asesoría Online queremos explicarte con este artículo qué son las notificaciones de la AEAT, cómo darte de alta en el sistema, y cómo moverte en él para que aprendas a usarlo.
Si vas a darte de alta como autónomo quédate, porque además te contamos pros y contras de este sistema de notificaciones de la AEAT.
¿Quién está obligado a recibir notificaciones electrónicas de la AEAT?
Mientras que la gestión de los trámites con la Seguridad Social es obligatoriamente online para los autónomos, salvo excepciones, activar las notificaciones electrónicas de la AEAT es opcional.
Si lo haces de manera voluntaria, tienes la oportunidad de elegir qué notificaciones quieres recibir online, durante el proceso de alta en el sistema.
Ahora bien, una excepción en este caso según indica la normativa, está relacionada con aquellos que ejercen una actividad profesional, para cuyo ejercicio necesiten sí o sí colegiarse.
Este grupo de profesionales sí tendrán obligatoriamente que recibir y gestionar las notificaciones de la AEAT de manera electrónica, al menos a la hora de realizar trámites y actuaciones con las Administraciones Públicas relacionados con su profesión. Un ejemplo que da Hacienda es el caso de notarios.
En cuanto a las entidades que están obligadas a recibir las notificaciones AEAT de manera electrónica, así como otro tipo de gestiones, se trataría de:
empresas (incluyendo Grandes Empresas), entidades sin personalidad jurídica, así como sus apoderados.
aquellos contribuyentes que tributen por el Impuesto sobre Sociedades, el Grupo de Entidades del IVA y el REDEME.
aquellos que presenten declaraciones aduaneras mediante el sistema de transmisión electrónica de datos (EDI).
¿Qué tipo de notificaciones electrónicas enviarán?
Al darte de alta en el servicio de notificaciones electrónicas AEAT, pasarás a recibir online cualquier comunicación o notificación por parte de la Agencia Tributaria, o incluso de aquellas gestiones recaudatorias relacionadas con otras Administraciones.
Aún así, puede haber casos en los que la AEAT te envíe notificaciones por otros medios, como por ejemplo por carta, que se persone algún funcionario, o incluso también habrá notificaciones que nunca te enviarán de manera electrónica, por mucho que estés dado de alta en el servicio.
Esto requiere que estés siempre atento tanto del buzón de notificaciones, como de tu correo postal. Un ejemplo podría ser que el caso sea de gravedad y se quieren asegurar de que efectivamente estás informado.
En el caso de que enviaran tanto notificación electrónica, así como por cualquier otro medio, la AEAT entenderá entregada la notificación según la fecha del medio que antes te llegue. Si te lo comunicara por medios electrónicos, y cualquier otro medio, se entenderá notificado a partir de la fecha de llegada de la primera de las comunicaciones o notificaciones correctamente efectuada.
¿Cómo darse de alta en el sistema de notificaciones electrónicas de la AEAT?
A continuación te explicamos todos los pasos para darte de alta en el sistema de notificaciones AEAT, que también puedes ver en nuestro vídeo explicativo. Es muy fácil, te llevará solo un par de minutos, y una vez dentro es muy intuitivo.
consigue primero un certificado electrónico, o Cl@ve PIN, para darte de alta en el servicio de Dirección Electrónica Habilitada de notificaciones.060.es.
una vez dentro, rellena todos tus datos ofreciendo una o varias direcciones de correo electrónico, donde te llegará un código que tendrás que introducir para continuar con el proceso.
una vez dentro, si eres autónomo persona física, o contribuyente, podrás elegir las Administraciones y notificaciones que quieres recibir en este buzón. Si eres empresa, o cualquier otra entidad obligada, recuerda que todas las notificaciones son obligatorias en formato electrónico.
una vez elegidas las notificaciones, acepta, introduce de nuevo el código, firma ¡y listo!
Es así de fácil 👇
¿Cómo gestionar las notificaciones de la AEAT?
Una vez de alta en el sistema de notificaciones AEAT, tienes varios medios para acceder a tu buzón.
Puedes acceder desde la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, o desde el portal notificaciones.060.es.
Desde la Sede Electrónica indican que es preciso acceder cada 10 días al buzón, para comprobar si te han enviado alguna notificación. Esto es así porque la AEAT considera que te ha notificado a los 10 días de realizar el envío, en el caso de que no lo abras.
Además, piensa que podrás acceder a estas comunicaciones o notificaciones desde el portal 060 durante 90 días, en el caso de que lo abras antes de 10 días desde que lo envíen. Pasados estos 3 meses, sólo podrás consultarlas desde la Sede electrónica de la Agencia Tributaria.
No obstante, y para quedarte más tranquilo, como al darte de alta tienes que indicar una o varias cuentas de correo electrónico, cada vez que tengas una notificación te enviarán un email.
Asimismo, puedes activar el sistema de avisos de la Agencia Tributaria. dirigido tanto a personas físicas como a personas jurídicas y entidades sin personalidad.
🔔 Dos APUNTES IMPORTANTES antes de que te vayas:
recuerda que puedes indicar a Hacienda que no te envíe notificaciones durante 30 días naturales al año. Se llaman ‘días de cortesía’.
recuerda que tu asesor fiscal también puede gestionar tus notificaciones para quedarte más tranquilo.
Autónomos: ¿notificaciones electrónicas o por carta?
Si quieres hacerte autónomo, o ya lo eres y te estás planteando pasarte a las notificaciones electrónicas AEAT y no lo tienes claro, nos gustaría destacar algunas cuestiones para que te decidas:
aunque las notificaciones electrónicas son muy prácticas, sobre todo porque no recibirás un montón de cartas, piensa que tienes que estar muy atento. En el momento en que recibas un email de la AEAT, acude rápidamente al buzón electrónico.
en realidad, si lo piensas, si te vas de vacaciones tienes más opciones que si recibes únicamente las notificaciones por carta, e incluso es más seguro. Piensa que con el servicio de notificaciones electrónicas puedes pedir que bloqueen los envíos durante los días que tú quieras. Por carta no tienes esa posibilidad.
Esperamos haberte ayudado un poco más no solo a darte de alta en las comunicaciones online de Hacienda, sino también a entender su importancia y las cuestiones que tienes que tener más en cuenta.
Recuerda que en Txerpa Gestoría Online podemos gestionar tus notificaciones, para que tú puedas encargarte de lo que realmente importa: tu negocio. Pídenos info a través de info@txerpa.com - 971 914 199, o rellenando nuestro formulario y te llamaremos sin compromiso.
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