🤳 Cómo desgravar el móvil si eres autónomo o empresa
Desgravar el móvil es una de las deducciones más problemáticas para un autónomo. Más de una vez, al presentar los impuestos, Hacienda ha obligado al autónomo a devolver esa deducción de IVA que supuestamente le correspondía, por utilizar el móvil en su negocio.
Y es que aunque parezca un gasto deducible para empresas y autónomos que no debería dar mayor problema, la realidad se aleja bastante de esta idea.
En este artículo te explicaremos por qué desgravar la factura o compra del móvil no es tan fácil, y cómo puedes conseguirlo con los consejos de los asesores de Txerpa Asesoría Online. Presenta tus impuestos sin errores con estos tips. ¡Vamos a ello!
¿Puede un autónomo desgravar el móvil?
Desgravar el móvil suele ser bastante complicado para un autónomo debido a la Ley de IRPF. De hecho, hay muchas consultas realizadas a Hacienda al respecto, y en todas se especifica que un autónomo no puede desgravar el móvil, a no ser que lo use exclusivamente para realizar su actividad económica.
Y es que según el artículo 22 del Reglamento del Impuesto, se considerarán elementos patrimoniales afectados a una actividad económica y que por tanto, dan derecho a la deducción, aquellos que el autónomo o empresa necesite para obtener sus rendimientos.
Ahora bien, y aquí entra el problema para desgravar el móvil, no se entenderán afectados al negocio aquellos elementos que sean usados simultáneamente para actividades económicas y para necesidades privadas o personales. Y como te puedes imaginar, el teléfono móvil está considerado en este grupo.
Como consecuencia, al no estar permitido siguiendo la Ley de IRPF, Hacienda tampoco permite desgravar el IVA soportado de la factura del móvil. Pero sigue leyendo porque en el siguiente punto te ofrecemos la mejor solución para conseguirlo 😉
Tips para desgravar la factura del móvil como autónomo:
Nuestros asesores siempre aconsejan a nuestros clientes tener dos líneas de móvil. Una para el negocio y otra para uso personal. Y es que, siguiendo la normativa, esta sería la única manera de poder desgravar tanto el 100% del IVA de la factura, como el gasto del móvil en concepto de IRPF.
Además, ante cualquier reclamación de Hacienda, podrás demostrar que separas el uso del dispositivo, teniendo en cuenta que en la factura quedarán solo reflejadas llamadas a clientes o proveedores, y que tendrás dos contratos de telefonía. Ten siempre estos documentos a mano, pues suele ser de las deducciones reclamadas.
Así, al anotar el gasto de la factura del móvil en tu contabilidad, y desgravar así el IVA y el IRPF fácilmente, solo tienes que registrar una factura de compra, indicando:
tus datos como autónomo o los de tu empresa, así como los de tu proveedor.
la fecha de la factura de tu proveedor de telefonía.
indica IVA soportado del 21%.
en la categoría del gasto de IRPF, especifica que estaría incluido en ‘Suministros’.
De esta manera, el gasto quedará reflejado en tu modelo 303, pudiendo desgravar el IVA de la factura del móvil sin problemas, así como la desgravación de IRPF como gasto deducible.
En las siguientes imágenes, correspondientes a nuestro programa de facturación, puedes ver cómo debería quedar reflejado en tu contabilidad, para desgravar el móvil correctamente.
Cómo desgravar la compra del teléfono móvil como autónomo:
Para que una empresa o autónomo puedan desgravar la compra de un móvil, en realidad también debe seguir los mismos criterios que en el caso de la factura mensual: uso exclusivo para la actividad económica.
Y en este caso, dependiendo del precio de compra del teléfono, tendrás que incluirlo en tu contabilidad siguiendo los mismos pasos usados para anotar la factura, o bien como un bien de inversión. Nos explicamos.
Anota estas cifras:
si la compra del móvil es superior a 3.005,06 euros, IVA no incluido, se considera bien de inversión en concepto de IVA.
si la compra del teléfono es mayor a 300 euros, podrás desgravarlo en concepto de IRPF, también como un bien de inversión.
Por tanto, si supera alguna de estas dos cantidades, algo probable teniendo en cuenta los precios de algunos teléfonos, no es descabellado. En este caso puedes desgravar la compra del móvil según el sistema utilizado para los bienes de inversión, es decir, en varios trimestres, dependiendo de la vida útil del dispositivo.
Cómo desgravar la compra de un móvil como bien de inversión:
Si vas a amortizar el gasto, eres autónomo, y tu régimen es Estimación Directa Simplificada, podrás desgravar el IVA durante los 4 años naturales siguientes a la fecha de compra, con un plazo máximo de 10. Recuerda que lo podrás empezar a desgravar cuando empieces a usar el móvil y que, a pesar de estos plazos, debes fijarte en la vida natural del dispositivo.
Al desgravar la compra del móvil mediante amortización, en concepto de IRPF:
Si eres autónomo en Régimen de Estimación Directa Simplificada, la compra del móvil se incluiría en el grupo 5 de su tabla de amortización, ‘Equipos para tratamiento de la información y sistemas y programas informáticos’, que permite amortizar el teléfono en máximo de 10 años.
En Régimen de Estimación Objetiva, este gasto está incluido en el grupo 2 de la tabla de amortización del régimen, ‘Útiles, herramientas, equipos para el tratamiento de la información y sistemas y programas informáticos’, que permite amortizar el gasto en un plazo máximo de 5 años.
La normativa indica que, como autónomo, debes realizar la amortización correspondiente al finalizar el ejercicio fiscal, o en cada trimestre. En Txerpa optamos por la amortización trimestral.
Y por supuesto, anota en tu contabilidad la factura de compra del móvil, con todos los datos, así como en tu libro de bienes de inversión, en el caso de que seas autónomo incluido en los siguientes regímenes:
Estimación Directa Normal, en el caso de actividades profesionales y no mercantiles.
Estimación Directa Simplificada, tanto si desarrollas una actividad empresarial o profesional.
Estimación Objetiva.
Como ves, siguiendo estos pasos podrás desgravar tanto la factura del móvil, como la compra, tanto si eres autónomo como empresa.
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