Deducción por Maternidad para Autónomas | ¡Guía Completa!

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Una de las deducciones más importantes para autónomas que acaban de ser madres es la deducción por maternidad. Por eso, desde Txerpa Asesoría Online queremos explicarte en qué consiste esta deducción por maternidad en el IRPF, toda la letra pequeña, así como toda la información relacionada sobre cantidades y métodos de devolución.

Y si tienes dudas, no te cortes y ¡usa el chat de la página o deja tu comentario!

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¿Qué autónomas pueden tener derecho a la deducción por maternidad?:

El artículo 81 de la Ley del IRPF regula la deducción por maternidad que minora la cuota diferencial del IRPF y que podrán aplicar las siguientes personas:

Las mujeres con hijos menores de tres años, que cumplan además con los siguientes requisitos:

  • que tengan derecho a la aplicación del mínimo por descendientes. En el caso de que algún otro hijo menor de 25 años continuara viviendo contigo y ganara más de 8.000 euros, no podrías aplicarte esta deducción.

  • tienes que estar dada de alta en el RETA. Esto es así porque conseguir la deducción por maternidad es incompatible con recibir la prestación o subsidio por desempleo, cese de actividad para autónomos, o con las situaciones de excedencia voluntaria. No confundir este hecho con la prestación por baja de maternidad, la cual sí es compatible con esta deducción.

  • que el niño sea natural, o que esté vinculado a ti por tutela, acogimiento, guarda para la convivencia preadoptiva, o por resolución judicial que le atribuya su guarda y custodia.

    En estos casos, es importante destacar que la deducción se aplicará durante los 3 años siguientes a la fecha en que el hijo/a fuera inscrito en el Registro Civil, o resolución judicial.

🔔 Aunque esta deducción es exclusiva para madres, existirían varias excepciones en las que podría aplicarse la deducción a otra persona, siempre y cuando cumpla con los mismos requisitos anteriores:

✅ en el caso de fallecimiento de la madre, o cuando la guardia o custodia del niño se atribuye al padre o tutor de manera exclusiva. Es decir, si un hombre quiere adoptar, lógicamente también podrá conseguir la deducción por maternidad.

puede darse el reparto de la deducción de maternidad, en el caso en haya varios contribuyentes con derecho a la deducción por maternidad respecto del mismo niño o niña tutelados, acogidos, bajo guarda y custodia para la convivencia preadoptiva o por resolución judicial.

Y ATENCIÓN porque si cumples con todos estos requisitos para recibir la deducción por maternidad, y llevas al niño a un centro de educación infantil autorizado, también podrás conseguir el cheque guardería. Esta deducción es una de las grandes novedades de Hacienda 2019. ¡Entérate de todo! 👇

Recuerda también otras novedades importantes como que la prestación por maternidad está exenta de IRPF, y que la tarifa plana para autónomas tras la baja de maternidad ya se aplica sin necesidad de baja previa en el RETA.

Cantidades de la deducción por maternidad:

La cuantía de la deducción consiste en un máximo de 100 euros al mes desde el nacimiento del hijo hasta un mes antes de que el niño/niña cumpla 3 años, ambos inclusive.

Lógicamente esta deducción se aplicará por cada hijo. En total hablamos de:

  • en total, un máximo de 1.200 euros de deducción anual por maternidad durante los 3 primeros años del hijo. Total: 3.600 euros.

  • la cantidad total de la deducción anual dependerá de lo cotizado, es decir, si tienes como autónoma la base mínima de cotización, esta será la cantidad tope que te devolverán.

    Ahora bien, si eres autónoma con bonificación, por ejemplo la tarifa plana, de manera que pagas menos en tu cuota de autónomo, no te preocupes porque las bonificaciones no se tienen en cuenta a efectos de calcular estas cotizaciones. El importe que se considera cotizado es la totalidad de la cuota sin esta bonificación, por lo que podrías tener derecho a la deducción completa igualmente.

¿Cómo realiza Hacienda la devolución de la deducción por maternidad?

A la hora de aplicar la deducción, Hacienda ofrece dos posibilidades y eres tú quien debe decidir:

  1. aplicación de la deducción al presentar tu Declaración Anual de la Renta. Este dinero por tanto se restará a lo que tengas que pagar, independientemente de que el resultado de tu Modelo 100 sea positivo o negativo. Se sumaría por tanto al resto de gastos deducibles en concepto de IRPF que puedes conseguir como autónoma.

  2. ingreso de 100 euros en tu cuenta bancaria cada mes, o dividiendo esta cantidad entre las personas que tengan derecho (según las excepciones que te hemos explicado en el primer punto). Es lo que se llama el abono anticipado. Lógicamente en este caso no se te aplicará devolución de la deducción por maternidad al presentar tu Declaración de la Renta, porque ya la habrás disfrutado.

El Modelo 140 para solicitar la devolución de la deducción por maternidad:

Para conseguir el bono anticipado, tienes que presentar en Hacienda el Modelo 140. Puedes conseguirlo en la Sede Electrónica de Hacienda con o sin certificado digital, en cualquier oficina de la AEAT, o incluso en el Registro Civil.

Para presentarlo online sí que será necesario tener el certificado, DNI electrónico o Cl@ve PIN. También puedes enviarlo a las oficinas de la Agencia Tributaria en persona, por correo, o incluso por teléfono. Como ves en este caso hay muchas posibilidades.

Solo hará falta que lo entregues una vez. Ahora bien, si hubiera cualquier variación en tu situación que eliminara tu derecho a deducción (recuerda los requisitos), o si por ejemplo te dieras de baja en el RETA para pasar a Régimen General, ojo porque también tendrías que informarlo presentando otra vez el Modelo 140, en los 15 días siguientes a la fecha en la que dejaste de tener derecho.

Si volvieras a tener derecho a la deducción, envía de nuevo el modelo. Un claro ejemplo es que te dieras de baja del RETA.

Esperamos haberte ayudado a entender la deducción por maternidad desde el punto de vista de las autónomas. Si tienes más dudas puedes acceder a la información completa de la Agencia Tributaria.

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