¿Cuánto cobra un autónomo de baja?

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(Actualizado el 13 de diciembre de 2018)

Saber cuánto cobra un autónomo de baja depende principalmente de dos aspectos: por un lado el tipo de enfermedad de la que se trate y, por otro, si el autónomo en cuestión tiene la cobertura adecuada en su cotización en la Seguridad Social, para cubrir el subsidio de la baja.

El segundo aspecto es el verdaderamente problemático en nuestro país, sobre todo según los datos rescatados hace poco por CIAE. ¿Sabías que el 80,9% de los autónomos no dispone de cobertura de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales?

Esto quiere decir que ante una baja por accidente de trabajo, no se les asegura el cobro del subsidio durante el tiempo que dure su enfermedad. Queremos explicarte cuánto cobran los autónomos de baja ante enfermedades comunes o profesionales, así como darte acceso a toda la info relacionada con baja de maternidad o paternidad.

Cuánto cobra un autónomo de baja por enfermedad común:

Una enfermedad común, no contraída en el lugar de trabajo, es conocida por la Seguridad Social como contingencia común.

Para cobrar como autónomo una baja por enfermedad común, tienes que cotizar por IT (Incapacidad Temporal), que sería la cobertura mínima obligatoria, no tener ninguna deuda con la Seguridad Social, así como tener un mínimo de 180 días cotizados en los últimos 5 años.

Para coger la baja médica como autónomo, tendrás que acudir a tu médico de cabecera de la Seguridad Social, que será el encargado de examinarte y decidir si te da o no la baja médica y por cuánto tiempo, en base a unas tablas de duración óptima tipificadas por la Seguridad Social.

A pesar de estas tablas, el médico tiene la facultad de establecer el periodo que estime oportuno. Por otro lado, será tu mutua la encargada de gestionar tu subsidio durante el tiempo que dure tu baja. 

Pero vamos a lo importante: ¿Cuánto cobra un autónomo por baja causada por enfermedad no laboral?:

  • durante los tres primeros días no se cobra nada.

  • si la baja laboral dura de 4 a 20 días, el autónomo cobrará el 60% de la base reguladora.

  • a partir de 21 días, el autónomo cobrará el 75% de la base reguladora.

 

Como ves, es muy importante de nuevo hablar de la base de cotización elegida por parte del autónomo. Aproximadamente el 80% de los autónomos cotizan por la base mínima, por lo que a la hora de coger la baja cobran subsidios mucho menores que un trabajador por cuenta ajena.  

 

Una de las últimas noticias sobre la cobertura social por Contingencias Comunes la ha dado el Ministerio de Trabajo, anunciando que a mediados de septiembre de 2018 comenzará a estudiarse que los autónomos no tengan que pagar cuota cuando cojan la baja y tengan este tipo de cobertura.

 

Para poder ampliar la información sobre los diferentes tipos de coberturas sociales que existen para los autónomos y cuánto se paga de cuota en cada una, te recomendamos que leas el siguiente artículo: 

 Además, recuerda que en estos momentos se está estudiando aumentar el tipo de cotización de los autónomos para, según declaraciones ministeriales, asegurar las coberturas sociales de los autónomos ante enfermedades.

Cuánto cobra un autónomo por accidente laboral o enfermedad profesional:

Aunque de momento cotizar por Contingencias Profesionales es sólo obligatorio para los autónomos económicamente dependientes (TRADE) y aquellos con profesiones de mayor riesgo, pagar por tener esta cobertura en tu cuota de autónomo, te asegurará tener derecho a cobrar un subsidio en el caso de que tuvieras que coger la baja a causa de sufrir un accidente laboral, o tener una enfermedad profesional.  

Según CIAE, sólo el 19,1% de los autónomos españoles cotizan por Contingencias Profesionales (Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional), con lo que pueden quedar desamparados ante una situación de esta índole. 

Si cotizaras por Contingencias Profesionales y por ejemplo tuvieras un accidente de trabajo, tendrías que acudir directamente a tu mutua, en vez de al médico de cabecera, ya que en este caso es la mutua la encargada de gestionar los partes de baja, la confirmación de la misma, así como del alta.

 

¿Cuánto cobra un autónomo por accidente laboral o enfermedad profesional?

  • por un día no se cobra nada.

  • a partir del día dos, desde que la mutua te dio la baja, y hasta tu total recuperación, cobrarás el 75% de la base reguladora que tuvieras establecida durante el mes anterior. Además, en este caso no es obligatorio un periodo mínimo de cotización para tener derecho a cobrar la baja.

Recuerda que tras la aprobación de la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, los accidentes que puedan tener los autónomos en la idea o vuelta a su lugar de trabajo, conocidos como 'in itinere', tendrán la misma cobertura social que la recibida por los trabajadores por cuenta ajena. 

Otras de las novedades es que si tienes un tipo de cobertura pero quieres cambiarla, ya puedes hacerlo online, desde la Sede Electrónica de la Seguridad Social. 


Es muy importante que tengas siempre presente que, en todos los casos, par poder cobrar tu baja laboral como autónomo, tendrás que seguir estando dado de alta y cotizando, sin tener deudas con la Seguridad Social. En el caso de que tuvieras alguna deuda, recuerda que puedes pagar con tarjeta de crédito desde la web de la Seguridad Social. 

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