5 curiosidades sobre el IRPF de autónomos que seguro no sabes (y deberías)

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Las retenciones de IRPF de los autónomos esconden más curiosidades de las que te puedas imaginar. Aplicar la retención correspondiente en tu factura es no es sólo tu única tarea como autónomo. Y a los hechos nos remitimos, puesto que cada día recibimos muchas dudas sobre este impuesto, tanto de personas que están planteándose la idea de abrir su propio negocio, como de aquellos que ya llevan tiempo trabajando de manera independiente.

Ten en cuenta además que las leyes van cambiando con el paso del tiempo y tienes que estar muy atento. Por eso y mucho más, desde Txerpa Asesoría Online te contamos estas 5 curiosidades sobre IRPF que seguro no sabes y deberías. ¡Vamos allá! 

La retención para nuevos autónomos no es obligatoria

Los nuevos autónomos profesionales tienen derecho a retener en sus facturas un 7% en concepto de IRPF, durante el año en que se dan de alta, además de los dos ejercicios fiscales siguientes. A diferencia del resto de casos, esta retención es más un derecho que una obligación. Y decimos esto porque si retienes tan sólo el 7%, recuerda que para lo único que te servirá es para tener más liquidez a lo largo del año fiscal.

¿La causa? Al retener un porcentaje de tu factura tan reducido, lo único que haces es pagar menos por adelantado a Hacienda. Muchas personas se confunden con esto. Has de saber que aplicar un 7% de retención no significa que tengas que pagar menos impuestos que el resto de autónomos por haberte dado de alta recientemente. Cuando tengas que presentar el Modelo 130 en cada trimestre, así como cuando tengas que pagar la declaración anual de la Renta, te encontrarás con un problema: pagar más dinero de golpe. Y eso tal vez no te venga demasiado bien.

Piénsalo y decide si te conviene más retener un 15% en concepto de IRPF, en vez del 7% inicial. Además recuerda que estarás obligado a avisar a tus clientes de que estás aplicando un 7% de retención por ser nuevo autónomo.

Para conocer más sobre este tema, haz click AQUÍ

El porcentaje de retención que debes aplicar en la factura está marcada por ley

Hace poco, en otro artículo del blog de Txerpa, recibimos una duda de un lector preguntando si podía retener en sus facturas más del 15%. Has de saber que no puedes hacer esto. El único caso en el que tendrías derecho a retener un porcentaje mayor en tus facturas, es en el supuesto que te hemos comentado en el anterior punto. 

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas es muy claro al respecto y marca claramente los porcentajes de retención que debes aplicar en tu factura dependiendo del tipo de autónomo que eres, así como del tipo de actividad económica que desempeñes. De hecho, si aplicaras un tipo de retención diferente al que marca la normativa, podrías tener penalizaciones de la Agencia Tributaria con un mínimo de un 5% de recargo. 

Puedes conocer los tipos de retención a aplicar en tus facturas durante 2016 en ESTE ARTÍCULO

Puedes aumentar tus ingresos a cuenta presentando el Modelo 130

Muchos autónomos profesionales saben que si retienen poco IRPF en sus facturas, cuando llegue el momento de presentar la Declaración Anual de la Renta tendrán que hacer un mayor desembolso económico, en un único pago. Por ello, nos preguntan si hay alguna manera de cambiar esta situación. La única solución que te proponen los profesionales fiscales de Txerpa es esta: en el caso de que no estés obligado a presentar el Modelo 130, puedes darte de alta de manera voluntaria. Así, en cada trimestre al presentar este modelo, Hacienda se quedará con el 20% de lo que hayas ganado a lo largo del trimestre. De esta manera, cuando presentes la Renta, habrás adelantado bastante el pago de lo que estés obligado a tributar por tus beneficios.

Puedes solicitar a Hacienda presentar de manera voluntaria el Modelo 130 presentando un Modelo 036

Lo que pagas de Renta depende de múltiples factores

¿Cuánto tienen que pagar los autónomos en la Renta? Una pregunta que en principio debería resolverse de manera sencilla, esconde una respuesta que depende de muchos factores. Tu pago total del Impuesto de la Renta dependerá no sólo de lo que hayas ganado durante todo el ejercicio fiscal, sino de lo que hayas comprado con derecho a desgravación, así como de tus circunstancias personales (tipo de familia por ejemplo, casa, alquiler...) o la Comunidad Autónoma en la que residas.

Puedes conocer más sobre el total que tendrás que pagar en la Renta leyendo ESTE ARTÍCULO.  

Mucho ojo con las facturas de tus proveedores

¿Recuerdas cuando al principio de este artículo te comentábamos que si aplicas una retención de IRPF reducida tienes que avisar a tu cliente? Cuando eres autónomo y compras por ejemplo a otros autónomos profesionales, que deben aplicar retención en sus facturas, sin darte cuenta te conviertes en una especie de recaudador de impuestos de Hacienda. Como consecuencia, tienes que ingresar a la Agencia Tributaria el dinero que considera que debe recibir, ni más ni menos. Por tanto, es tu obligación saber en todo momento si la retención de IRPF que ves en las facturas de tus proveedores es o no la correcta. Te puede sonar raro, pero es así.

Al igual que te comentábamos en uno de los puntos anteriores que si aplicas un IRPF erróneo en tus facturas puedes recibir una sanción, ten mucho cuidado también con las facturas de tus proveedores. 

Por eso, si eres cliente de Txerpa Gestoría Online, te recomendamos que en todo momento plantees a tu gestor (mediante el chat de tu oficina online) todas las dudas que tengas al respecto, así como cualquier detalle extraño que veas en las facturas de tus proveedores.  

¿Buscas asesoría online con servicio de facturación online? ¡Cuenta con Txerpa! Usa el chat de esta página, o contáctanos desde info@txerpa.com - 971 914 199 y adaptaremos las ventajas de Txerpa a tu negocio sin compromiso. 

 

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