Cómo solicitar a la Seguridad Social una Devolución de Ingresos Indebidos
Si en algún momento de tu vida como autónomo la Seguridad Social te cobra un cuota de autónomo por error, tienes la oportunidad de recuperar tu dinero con un trámite bastante sencillo: una solicitud de devolución de ingresos indebidos de la Seguridad Social.
Teniendo en cuenta la situación que están viviendo los autónomos hoy en día con la pandemia, es más importante que nunca estar al tanto de los cobros. Por eso, desde Txerpa Asesoría Online te indicamos los pasos a seguir para solventar este incidente.
Como verás en el siguiente post existen muchos casos diferentes, por lo que tal vez no encuentres tu situación particular. Aún así, recuerda que siempre puedes reclamar, sobre todo si tienes constancia de que el fallo ha sido de la administración, y puedes demostrarlo con la documentación pertinente.
Recuerda que no es lo mismo retrasarte en el pago de una cuota de autónomos, o incluso no pagar una cuota por olvido o fallo tuyo, que tener que pagar más por fallos por parte de la Seguridad Social. ¡Toma nota de estos consejos!
Analiza cuál ha sido el error antes de tramitar tu solicitud de devolución de ingresos a la Seguridad Social:
Primero debe asegurarte de que efectivamente es un error. En muchas ocasiones, puede parecer un fallo de la administración pero quizá hemos cometido algún despiste en algún trámite como autónomo. Te indicamos algunas situaciones:
Me he dado de alta como autónomo con derecho a la bonificación por tarifa plana y no se ha aplicado la misma:
Recuerda que para acceder a la tarifa plana como autónomo hay que cumplir una serie de requisitos, entre los que impera no haber estado dado de alta como autónomo los 3 años anteriores. Examina bien que efectivamente cumples estos requisitos y que no pueda darse el caso que, por eso, no se te haya aplicado la bonificación de la tarifa plana.
Ahora bien, en el caso de los autónomos societarios que no disfrutaron de tarifa plana antes de que sí se les aplicara el derecho a la bonificación, se trata de un caso excepcional. En este caso la TGSS indicó que el autónomo tendría que solicitar la devolución, con los trámites que te indicamos en el siguiente punto. Aquí el problema será tu fecha de alta de autónomo, puesto que este error de la Seguridad Social prescribiría a los 4 años.
Tramité mi baja como autónomo el mes anterior y aún así me han cobrado la cuota de autónomo del mes vigente:
Ten en cuenta que aunque para la baja censal (baja en Hacienda) se puede hacer con fecha a un mes anterior al día de la petición de la misma, no sucede así para la baja en la Seguridad Social, ya que para esta última sólo se disponen de seis días previos. Así que si tramitas tu baja por ejemplo un 10 de octubre, podrás darte de baja efectiva en Hacienda a fecha del 10 de septiembre, con lo que no tendrás que realizar la declaración trimestral del cuarto trimestre. Pero como la baja en la Seguridad Social sólo se podrá tramitar con tres días de antelación (es decir a 7 de octubre), se te pasará el cobro de la cuota de autónomo de octubre.
En conclusión: si quisieras darte de baja en octubre y no tener que presentar el 4º Trimestre, ni pagar la cuota de autónomo de octubre, deberás tramitar la baja antes del día 3 de octubre.
Solicitud de devolución de ingresos indebidos a la Seguridad Social:
La devolución de ingresos indebidos a la Seguridad Social consiste en el derecho de cualquier persona o autónomo a la devolución total o parcial del importe de los ingresos realizados por error.
Y esto es importante con los tiempos que corren porque en principio te corresponde con la devolución el cobro de intereses de demora.
Es por eso importante tener bien en cuenta que lo que creemos como un error en el cobro de la cuota, no sea un error de plazos o condiciones nuestro. Si después de revisar tu situación te has asegurado que es un error de la Seguridad Social, entonces tendrás que presentar una solicitud de ingresos indebidos. El documento relacionado es el modelo TC.13/1.
Para acceder a este servicio online es necesario disponer de un certificado digital y estar dado de alta en la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
Si fueras a solicitar una devolución de ingresos indebidos, pero en los últimos meses has solicitado un aplazamiento de cuotas por tener por ejemplo problemas económicos debido a la pandemia, la Seguridad Social aplicará al total de tu deuda el ingreso indebido.
Cuándo prescribe la devolución de ingresos indebidos:
Si has pagado de más en tus cuotas de autónomo por un cobro indebido de la Seguridad Social, dispones de tres meses para solicitar a la Seguridad Social tu devolución de ingresos, en el caso de que sea un error no imputable a la Seguridad Social.
Para casos genéricos, la devolución de ingresos indebidos por parte de la Seguridad prescribe a los 4 años.
Tienen hasta 6 meses para devolverte el dinero, a partir de la fecha de solicitud. Transcurrido dicho plazo, sin que se hubiera dictado resolución, se entenderá desestimada.
A la hora de solucionar este tipo de situaciones, seguramente te surgirá la duda de pagar antes de reclamar (por si después los recargos fueran mayores) o reclamar primero y esperarte a recibir la contestación de la Seguridad Social, para saber si finalmente tendrás que realizar el pago. Suponemos que dependerá de tu situación económica, pero es interesante que estés al tanto de que ambas opciones son válidas.
Si la administración alude algún problema de retraso o inexistencia del pago, te puede también de ayuda ir a tu banco a preguntar qué sucedió en las fechas que te indican, para encontrar así algún rastro del problema.
¿No has encontrado tu caso y sigues teniendo dudas? ¡Ponte en contacto con nosotros! Escríbenos a info@txerpa.com y nuestros asesores te indicarán de los servicios que tenemos para poder ayudarte. En Txerpa te lo queremos poner muy fácil 😉 .
Actualizamos los requisitos para solicitar las ayudas de la Seguridad Social para autónomos afectados por la pandemia, prorrogadas hasta el 31 de mayo.