Cómo presentar la autoliquidación trimestral del IRPF (Modelo 130) si aún no he facturado como autónomo
Si te has dado de alta hace poco como autónomo, se acerca el trimestre, pero tú no has emitido por el momento ninguna factura, debes presentar igualmente el Modelo 130, destinado al pago fraccionado del IRPF para empresarios y profesionales en Estimación Directa. Ten en cuenta que aunque no tengas ingresos, siempre tendrás gastos y, sobre todo los desgravables, como por ejemplo la cuota de autónomo que todos los meses pagas a la Seguridad Social. Si quieres saber más sobre los gastos deducibles para todo autónomo haz click AQUÍ. Puedes presentarlo de manera telemática a través de la Sede Electrónica de Hacienda con certificado electrónico de identificación o DNI electrónico, así como el PIN24Horas o cualquier otro certificado hábil. Además, este modelo puede ser presentado "utilizando bolígrafo sobre superficie dura y con letras mayúsculas", según se indica en las instrucciones de presentación del Modelo 130.
Apartado Declarante y Liquidación
Como en todo modelo de autoliquidación, rellena los datos del ejercicio al que corresponde, así como el trimestre (1, 2, 3 ó 4T) y tu NIF, nombre y apellidos.
En la casilla 1, incluida ya en el apartado Liquidación, añade un 0.
En la casilla 2, destinada a los gastos fiscalmente deducibles, tendrás que incluir todos pagos que como autónomo te puedes desgravar, como tu cuota como autónomo, la gestoría, despachos de abogados, publicidad, etc. Es muy importante que estés al tanto de este tipo de gastos porque puedes ahorrar mucho dinero al año. Incluye siempre la cantidad con signo negativo.
En la casilla 3 debes incluir la diferencia resultante tras restar a la casilla 1 el total que hayas incluido en la casilla 2. Como te saldrá una cantidad negativa, tendrás que poner un 0 en la casilla 4. En el caso de que el importe de la casilla 3 fuera positivo, tendrías que calcular el 20% de esa cantidad y añadir el resultado de dicha operación en la casilla 4. La casilla 5 también se quedará en 0. En la casilla 6 tendrás que incluir las retenciones de los ingresos que hayas conseguido facturando. En este caso, como no has facturado, tendrás que poner 0.
En la casilla 7 tendrás que incluir el resultado que consigas después de restar a la casilla 4 lo que hayas incluido en la casilla 5 y en la 6.
El apartado segundo del módulo de Liquidación déjalo libre, a no ser que tu actividad sea agrícuola, ganadera, forestal y pesquera.
Total liquidación
Añade un 0 en la casilla 12, ya que está relacionada con pagos previos del trimestre.
La casilla 13 está destinada a la Deducción por obtención de rendimientos del trabajo o de actividades económicas, basada en el artículo 80 bis de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que incluyó en su día Rodríguez Zapatero. Es decir, si tu base imponible es inferior a 12.000 euros anuales, se plantean dos supuestos: que la base sea inferior a 8.000 euros anuales podrás deducirte hasta 400 euros. Al dividierse el año en cuatro trimestres, podrás deducirte hasta 100 euros en cada uno. En el caso de que cuando tu base imponible esté comprendida entre 8.000,01 y 12.000 euros anuales, también te podrás deducir los 400 euros, pero tendrás que restarle el resultado de multiplicar por 0,1 la diferencia entre la base imponible y 8.000 euros anuales. Por tanto, si estuvieras en el primer caso, en la primera casilla tendrías que poner 100.
Como en la casilla 14 hay que poner el resultado de restar a la casilla 12, la cantidad incluida en la 13, tienes que anotar - 100. La casilla 15 la dejas vacía o añades 0, ya que está relacionada con los trimestres anteriores y la 16 debe ser rellenada por información sobre deducciones por pago de préstamos por adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual.
Casilla 17: incluye el total de restar a la casilla 14 las cifras de la 15 y 16. Eso sí, recuerda que como tu resultado en este caso es negativo, debes anotar 0.
Ahora resta a la casilla 17 lo que hayas puesto en la casilla 18 y el resultado lo añades en la última casilla, la 19 y este será el resultado de tu declaración.
Si te sale negativa, marca el cuadrado destinado a esta información. Recuerda que si tuvieras cualquier error estarías obligado a efectuar una nueva declaración llamada complementaria.