INCENTIVOS FISCALES EN EL IMPUESTO DE SOCIEDADES PARA START-UPS

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Un apoyo financiero para una nueva actividad

Las empresas de nueva creación o que se hayan constituido recientemente, en los cinco años anteriores, o los siete si son empresas de sectores estratégicos, y que desarrollen un proyecto de emprendimiento innovador y un modelo escalable, podrán solicitar el certificado de ENISA como empresa emergente START-UP

El certificado de ENISA, EMPRESA NACIONAL DE INNOVACIÓN SA, es una condición obligatoria para poderse aplicar los incentivos fiscales que la ley para empresas emergentes, las denominadas START-UPS. Este organismo es el encargado de evaluar las solicitudes de las empresas solicitantes, y si procede aprobar la concesión del documento acreditativo.

Las ventajas fiscales son entre otras la reducción en el impuesto de sociedades al 15%, que es aplicable en el primer ejercicio que la base imponible sea positiva, y en los tres siguientes, es decir se podrá beneficiar de la reducción durante cuatro años del 25 % al 15%.

Se podrá aplazar la deuda en el Impuesto de Sociedades, y los extranjeros que inviertan en estas empresas no necesitarán NIF. Mejora las condiciones para las inversiones y para la adquisición de acciones.

El volumen de la actividad no ha de ser superior a los 10 millones de euros.

Una vez comprobado que la empresa reúne todos los requisitos exigidos y que el proyecto puede ser considerado innovador y escalable, se puede solicitar el certificado y la resolución deberá ser en los tres meses siguientes a la solicitud. Este periodo se interrumpe si se requiere información complementaria.

Para tener más información consulta la pagina web de ENISA START-UPS.

 

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