A partir del 1 de julio empieza el plazo para presentar el SEGUNDO TRIMESTRE

Acabamos de presentar la declaración de la renta y ya tenemos que presentar los impuestos del periodo de los meses de abril, mayo y junio. El plazo finaliza el día 15 para domiciliar el pago, el día 20 para presentar el impuesto y pagar.

Los autónomos que tengan actividades empresariales o profesionales han de presentar el pago fraccionado a cuenta del IRPF. Los profesionales que hubiesen tenido ingresos sujetos a retenciones en un setenta y cinco por o más, no han de presentar la declaración.

Los profesionales o empresarios autónomos que hayan hecho retenciones a los trabajadores o a profesionales independientes, o si trabajan en un local alquilado, han de ingresar las retenciones efectuadas. Recordamos que las retenciones no pueden aplazarse.

Se han de presentar las liquidaciones de IVA correspondientes al trimestre, es importante revisar bien todas las facturas efectuadas y las facturas recibidas.

Si has efectuado operaciones intracomunitarias, has de presentar la declaración informativa de las operaciones de venta o de compra efectuadas con otros países de la comunidad europea.

Que puedo hacer si no tengo liquidez para pagar los impuestos.

Excepto las retenciones puedes solicitar el aplazamiento del pago de los impuestos, has de hacerlo antes de que finalice el plazo de presentación.

En este caso deberás pagar intereses de demora, la recomendación es siempre pagar lo antes posible para no tener un coste añadido a los impuestos.

Vale la pena presentar los impuestos en el periodo establecido, para evitar recargos y sanciones innecesarios que afectan a las finanzas del autónomo.

Tengo facturas impagadas ¿puedo recuperar el IVA?

Los impagos suponen un problema para cualquier empresario o profesional, y es más grave cuando se es autónomo, el respaldo financiero es tu propio patrimonio. Al menos puedes recuperar el IVA que ya has pagado a hacienda sin haberlo cobrado La mala noticia es que tendrás que esperar un año desde la fecha de devengo para solicitarlo, salvo que tu cliente haya declarado concurso de acreedores, en este caso puedes hacerlo antes.

Resumen: el l autónomo además de efectuar el trabajo propio de su actividad ha de tener muy presente rodas las obligaciones de control de ingresos y gastos para la buena salud de sus finanzas, y el cumplimiento de sus obligaciones fiscales que no son pocas.

 
 

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