Ya puedes presentar el cuarto trimestre de 2016 de los autónomos
¡Atención emprendedor! Ya puedes presentar el cuarto trimestre de autónomos 2016. Desde hoy y hasta el 31 de enero, tendrás que presentar en varios días todos los modelos a los que estés obligado, según tu actividad económica. No olvides que en enerotambién se presentan las declaraciones anuales! Un mes en el que se hace básica una buena organización para que no te pases de plazo.
Recuerda que no presentar el trimestre a tiempo te puede suponer un recargo de, como mínimo, un 5% del total a pagar, en el caso de que no te lo reclame la Agencia Tributaria, hasta poder llegar al 20% en el caso de que tengas un requerimiento. ¡Ten cuidado!
Además, una de las grandes novedades de este trimestre es que no podrás aplazar o fraccionar el pago del IVA, ni de las retenciones de IRPF, por lo que insistimos de nuevo en aconsejarte que tengas preparado este dinero. El pago del Modelo 130 sí podría fraccionarse. ¡Así que no te despistes!
¿Qué modelos se presentan en el cuarto trimestre de autónomos?
Hasta el próximo 20 de enero, tienes de plazo para presentar los siguientes modelos de autoliquidación trimestral:
- Modelo 111: declaración trimestral, correspondiente al cuarto trimestre de autónomos, de tus retenciones de IRPF e ingresos a cuenta, del rendimiento de tus actividades económicas.
- Modelo 115: tanto si estás alquilando un inmueble urbano, como si eres el inquilino, tendrás que presentar este modelo de autoliquidación trimestral.
- Modelo 368: cuarto trimestre de 2016, relacionado con el IVA, si comercializas servicios vía electrónica.
Hasta el 30 de enero podrás presentar los siguientes modelos trimestrales, así como las declaraciones informativas anuales:
- Modelo 130: pagos fraccionados del impuesto de IRPF, si estás en estimación directa simplificada. Recuerda que no hace falta que presentes este modelo si emites más del 70% de tus facturas con retención.
- Modelo 131: pagos fraccionados del impuesto de IRPF, si estás en estimación objetiva.
- Modelo 303: autoliquidación trimestral del impuesto de IVA.
- Modelo 349: presentación trimestral o anual, dependiendo de tu facturación, de tus operaciones intracomunitarias.
- Modelo 390: declaración informativa anual de todas las operaciones relacionadas con el IVA, que has ido realizando a través de todo el ejercicio 2016.
- Modelo 380: declaración trimestral, mensual o anual de tus importaciones. La periodicidad de su presentación variará dependiendo de tu facturación.
Hasta el 31 de enero:
- Modelo 190: declaración informativa anual de tus retenciones de IRPF e ingresos a cuenta, de los rendimientos de tus actividades económicas.
En cuanto a las declaraciones informativas anuales que tienes que presentar durante enero de 2017, así como febrero, puedes encontrar más información AQUÍ
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