Consejos para facturar sin ser autónomo

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Hace un tiempo publicamos en el blog de Txerpa uno de los artículos que más revuelo ha generado 'Los peligros de facturar sin ser autónomo'. Siempre hemos querido ayudar a ofrecer la mejor opción según la situación personal de cada autónomo, pues cada caso es muy diferente. Muchas personas buscan la opción de facturar sin ser autónomo para así ahorrarse la cuota mensual que se paga a la Seguridad Social. Y es posible, pero muchas veces los inconvenientes son mayores que los beneficios que te pueden aportar ahorrarte la cuota mensual, sobre todo si te puedes beneficiar de la tarifa plana de 50 euros, o cualquier otra bonificación. Nos referimos a qué pasa si realizas unas cuantas facturas al año, estando dado de alta en el Censo de Empresarios de Hacienda y luego quieres darte de alta como autónomo, porque en un determinado momento ya te merece la pena. Es en ese momento donde puedes tener problemas. 

Además, recuerda también que existen 'multas' por realizar este tipo de trabajos puntuales de manera irregular. 

Este es un tema muy peliagudo, que te puede generar muchos problemas con la Administración Pública y que debemos tratar por tanto con mucho cuidado. Si seguimos tratando el tema es porque muchos lectores nos han avisado de que cuando van a la Seguridad Social para darse de alta como autónomo, como la administración cuenta con la fecha de su alta en Hacienda, les quieren obligar a pagar las cuotas de autónomo que no han ingresado. Pues bien, es una posibilidad que en este blog ya hemos comentado muchas veces. Pero, ¿cómo solucionarlo o evitarlo?

1. Ten muy en cuenta las fechas

El tema de las fechas es clave en este punto. Para darte de alta como autónomo, tienes que gestionar primero tu alta en el Censo de Empresarios de Hacienda. Posteriormente con tu Modelo 036 o 037 de alta censal en Hacienda debes dirigirte a las oficinas de la Seguridad Social para completar tu alta como autónomo. Nunca lo hagas al revés porque no te dejarán y estarás perdiendo el tiempo. Pues bien, la normativa marca que desde tu alta censal tienes un plazo máximo de 30 días para acabar de formalizar tu alta como autónomo en la Seguridad Social. Pero ojo, en el mismo mes. Es decir, no podrías darte de alta en Hacienda un 25 de octubre, por ejemplo, y luego completar tu alta en la Seguridad Social en noviembre porque no hayan pasado 30 días según tus cuentas. Debe ser en el mismo mes.

Si hace tiempo que te diste de alta en Hacienda, cuando vayas a completar tu alta como trabajador por cuenta propia en la Seguridad Social, como ésta detecta una fecha que no concuerda con la legalidad, te puede exigir las cuotas que no hayas efectuado. Siempre decimos que depende del funcionario que te toque.

¿Cómo solucionarlo? Lo único que podrías hacer sería darte de baja en Hacienda para luego formalizar una nueva alta en Hacienda y tu registro completo como autónomo en el RETA, para que así la Seguridad Social tenga una fecha más reciente. Esto entra dentro de la legalidad, pero no te promete evitar futuros problemas con la Seguridad Social, teniendo en cuenta lo conectadas que están las diferentes administraciones hoy en día y, además, la primera fecha quedará registrada sí o sí. De hecho, la Seguridad Social tiene hasta cuatro años para poder investigarte. Ten esto muy en cuenta.  

2. La facturación total anual es muy importante

Ya decíamos en 'Los peligros de facturar sin ser autónomo' que tu facturación anual, estando solamente dado de alta en Hacienda, no puede superar el salario mínimo interprofesional (pagas incluidas). Pero pongamos un ejemplo. Imagina que desde que entraste en el Censo facturaste solo 3.000 euros, pero luego quieres formalizar tu alta en la Seguridad Social antes de que acabe el año. Tendrás que tener también en cuenta lo que vayas a ganar siendo ya autónomo. Hablamos siempre del total de facturación anual. ¿Vas a generar en todo el año menos de 9.000 euros de ingresos, aproximadamente? Piénsalo muy bien y evita problemas. 

3. No puedes facturar de manera habitual

Parece que la gente no tiene esto nunca en mente pero también es un factor importante de cara a evitar futuras reclamaciones de cuota de autónomos. Por mucho que no superes el salario mínimo interprofesional en tu facturación total anual, no es lógico que emitas muchas facturas, ya que entonces estableces que tienes una actividad económica habitual. Esto hará saltar seguro las alarmas por parte de la Seguridad Social, si algún día quieres formalizar tu alta de autónomo. 

Como ves, son muchos los problemas y, como siempre dicen nuestros gestores, si tienes la posibilidad de beneficiarte de la tarifa plana y pagar 50 euros al mes, no merece la pena enfrentarte a futuras reclamaciones. Si quieres facturar sin ser autónomo pero sabes que puede llegar el día en que formalices tu alta como trabajador por cuenta propia, ten muy en cuenta estos consejos desde el principio, porque te pueden reclamar muchos meses de cuotas.

Si quieres que los asesores de Txerpa estudien tu caso, sólo tienes que hacer click en el banner para saber más, o escribirnos a info@txerpa.com.

 

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