¿Qué pasa si retengo un IRPF erróneo en mis facturas?
¿Qué pasa si retengo un IRPF erróneo en mis facturas de autónomo? Aplicar el IRPF correctamente es una de las grandes preocupaciones de los autónomos. De hecho, es una de las dudas más frecuentes que formulan todos los usuarios de Txerpa Gestoría Online: ¿estoy aplicando el IRPF correctamente? Aplicar un IRPF erróneo en las facturas es una acción que puede acarrearte problemas con Hacienda, como te puedes imaginar, pero depende de varios factores y tranquilo, porque puedes encontrar rebajas en el recargo. ¡Te lo explicamos!
Depende de quién es el culpable:
Si pagas de más porque has aplicado en tus facturas una mayor retención en concepto de IRPF, lógicamente no tiene la misma problemática que si pagas retienes menos de lo que te corresponde. En este segundo caso, Hacienda puede ir también contra la empresa que ha recibido tus facturas. Pongamos un ejemplo:
Imagina que eres un profesional que ha podido aplicar una retención reducida del 9% durante los primeros 18 meses de ejercicio de actividad. Pero resulta que, pasado el plazo sigues reteniendo el 9% y empiezas a vender a una empresa, por lo que le tienes que emitir facturas con retención. Si enviaras a tu cliente el documento informativo de que tienes derecho a retener el 9%, lógicamente la culpa sería tuya por engañar a dicha empresa, ya que habría pasado el plazo en el que tienes derecho a retener menos en tus facturas.
Eso sí, si no informas a tu cliente y éste recibe tus facturas con una retención errónea, Hacienda acusaría a tu cliente, ya que no se ha informado debidamente de por qué estás aplicando un IRPF menor del legalmente establecido. Por eso decimos que en estos casos el culpable, y por tanto receptor de la sanción de la Agencia Tributaria, no siempre está claro.
¿Cómo puedo enmendar mi autoliquidación de IRPF?
Si te enteras después de presentar la Declaración Anual de la Renta poco se puede hacer, ya que se ha liquidado totalmente el impuesto. Eso sí, si te enteras a tiempo, para solucionar este tipo de errores, la mejor vía es presentar un modelo de autoliquidación 111 complementario, en el que incluyas los datos correctos de tus retenciones a cuenta. De esta manera podrás presentar correctamente el Modelo 190 (resumen anual de retenciones).
Lo que se hace generalmente es realizar facturas rectificativas de aquellas que emitiste con una retención incorrecta. Recuerda que este tipo de facturas deben tener una serie independiente del resto.
¿Qué sanciones puedo tener?
En este punto es importante que entiendas que, aunque generalmente se mete en el mismo saco, no es igual una sanción de Hacienda que un recargo. Una sanción generalmente llega por un requerimiento de Hacienda. Vamos, cuando se han dado cuenta de que has pagado de menos y tú no has hecho nada por arreglarlo.
En el caso de presentes un modelo 111 complementario, deberías pagar un recargo a la Agencia Tributaria porque sería como si hubieras presentado dicho modelo fuera de plazo. Como consecuencia, lo que pagues de más dependerá de cuánto tiempo haya pasado desde la fecha límite de entrega del que te tocara, según trimestre claro. Es decir:
- Si no han pasado más de tres meses, el recargo sería de un 5% sobre el dinero que habrías dejado de pagar. En el caso de que pagues en el plazo requerido, dicho recargo se rebajaría al 3,75%. Siempre se trata de una rebaja del 25% sobre el porcentaje de recargo.
- Si han pasado de tres a seis meses, deberías pagar un 10% más, con reducción al 7,5% en el caso de que pagues en el plazo requerido por Hacienda.
- De seis a doce meses, el recargo es del 15%, por lo que sería del 11,25% si pagas a tiempo.
- Si ha pasado más de un año, se aplicaría un 20% de recargo (con un 25% de descuento o rebaja, en el caso de pagos efectuados a tiempo). Pero en este caso, sí tendrías que pagar intereses de demora a partir del día 366.
Pero por otro lado, si es Hacienda la que se entera de que te has dedicado a aplicar mal las retenciones en tus facturas de autónomo y no lo has solucionado, sí podría aplicarte sanciones. Lo normal es que tengas que pagar el 50% de lo que debería haber recibido la Agencia Tributaria. Aquí también se aplicaría un descuento del 30% por conformidad.
Pongamos como siempre un ejemplo: si lo que tendría que haber ingresado Hacienda es un importe de 1.000 euros y la sanción que te aplican es del 100%, significa lógicamente que debes ingresar los 1.000 euros. Si estás conforme, se te aplicaría una rebaja del 30%, por lo que solo deberías ingresar 700 euros. Si además lo pagas en el plazo que te indican, te añadirían un 25% de descuento sobre los 700 euros que se establecieron ante tu conformidad.
Como ves, todo tiene solución y mejor arreglarlo a tiempo que dejar pasar las semanas. Para poder evitar este tipo de errores, lo mejor es que siempre te informes correctamente con profesionales en asesoría fiscal, que te indiquen del IRPF que debes aplicar según tu caso, máxime teniendo en cuenta los nuevos cambios aplicados al respecto, según la última reforma fiscal realizada por el Ejecutivo.
Recuerda que en Txerpa Gestoría Online te lo queremos poner muy fácil y te podemos ayudar tanto en el estudio de tu caso, como en la gestión de tu actividad económica como autónomo, así como en presentar el modelo 190 o 111, de manera que puedas evitar problemas mayores.
Puedes enviarnos un email a info@txerpa.com o llamando directamente al 971 914 200.