Tipos de facturas para autónomos
¿Qué tipos de factura hay? ¿Qué datos debe tener una factura? ¿Qué impuestos deben contemplar? Una de las mayores complicaciones para todo autónomo es controlar todos los aspectos legales que tendrá que aplicar en su actividad profesional.
Desde Txerpa Asesoría Online queremos explicarte de manera sencilla qué tipos de facturas hay, para que así tú mismo puedas y sepas realizar tus propias facturas como autónomo sin miedo a incumplir la ley. En realidad una vez que arranques verás que es muy sencillo y siempre se siguen los mismos patrones. Para poder facturar correctamente como autónomo, has de tener en cuenta que existen tres modelos de factura: simplificada, completa y rectificativa, que podrá emitirse tanto si la factura originaria era simplificada o completa. Te explicamos a continuación las diferencias, ya que dependiendo del tipo de factura que tengas que emitir, los datos que ésta debe contemplar, de manera obligatoria, pueden variar.
Factura simplificada
A partir del 1 de enero de 2013, la Agencia Tributaria cambió su normativa y eliminó la posibilidad de presentar tickets, principalmente como modelo sustitutivo de facturas. Esta tipificación de los casos en los que se debe emitir únicamente factura simplificada, en vez de completa, está relacionada principalmente con el tipo de actividad profesional que realices:
- independientemente de tu profesión, solo hace falta que emitas factura simplificada cuando el precio total de la misma, IVA incluido, no supere los 400 euros.
- cuando tengas que hacer una factura rectificativa.
Como la normativa sobre los tickets cambió en 2013, como ya te hemos comentado, Hacienda estableció unos supuestos en los que se sustituyen los tickets por facturas simplificadas. Como verás, está relacionado sobre todo con empresarios cuyo destinatario final sea un cliente directo:
- en el caso de ventas al por menor, es decir, cuando la venta de bienes tenga como destinatario un cliente final, en vez de un profesional o empresario.
- ventas o servicios en ambulancia.
- servicios a domicilio, pero nuevamente cuando sea un consumidor.
- si eres un taxista, el tipo de factura a emitir será simplificada.
- si tienes un restaurante, bar, o establecimiento de comida rápida o bebidas, también tendrás que emitir una factura simplificada, en vez de completa.
- las salas de baile y discotecas.
- si tienes un locutorio donde ofrezcas servicios telefónicos con cabinas, o vendas tarjetas recargables.
- si eres peluquer@ o tienes un instituto de belleza.
- en instalaciones deportivas, como por ejemplo un gimnasio a sus clientes.
- revelado de fotografías y servicios prestados por estudios fotográficos.
- aparcamientos.
- videoclubs.
- tintorerías o lavanderías.
- en los peajes de las autopistas.
Si quieres saber con detalle qué datos debes incluir en una factura simplificada, te recomendamos que leas nuestro artículo Qué datos debe tener una factura simplificada.
Recuerda que si tú eres el destinatario de la factura como autónomo, y en el caso de que sea una actividad cuyo IVA sí te puedes desgravar, la factura debe contemplar tanto tu NIF, como tu dirección, además de la cuota repercutida, es decir, el 21% de IVA, pero siempre anotado de manera independiente al precio del bien o servicio.
Si quieres ampliar la información para saber qué te puedes desgravar como autónomo haz click AQUÍ
Factura completa:
Como te puedes imaginar, estarás obligado a emitir una factura completa en todos los casos que no sean contemplados por la factura simplificada. Además, la ley contempla unos supuestos en los que sí o sí tendrás que emitir este segundo tipo de facturas:
- si la venta es a distancia. Por ejemplo, si tienes una tienda online, la factura tendrá que ser completa, sobre todo si el cliente está fuera de España, pues será considerada una entrega intracomunitaria de bienes o, logicamente, cuando la operación sea realizada fuera de la Unión Europea.
- si la actividad se realiza en España pero el proveedor no está fiscalmente establecido en España y, además, se produce una inversión del sujeto pasivo y el destinatario expida la factura por cuenta del proveedor.
- en el caso de que la actividad profesional que tengas que contemplar en la factura no la hayas realizado en España, si la operación la has hecho fuera de la Unión Europea. En el caso de que la actividad sí se haya realizado en un Estado miembro de la Unión Europea, tendrás que emitir una factura completa si se produce inversión del sujeto pasivo y tú no emitas la factura por cuenta de tu proveedor.
Y ahora que ya sabes cuándo debes emitirla... ¿sabes qué datos debe incluir?
Factura rectificativa
La factura rectificativa ya es un modelo tratado en este blog con nuestro artículo ¿Cuándo puede emitirse una factura rectificativa? Aclararte que este tipo de factura podrás emitirlo tanto si la factura originaria ha sido simplificada, como si ha sido completa. Esto no importa. En el momento en que te des cuenta de que en la factura que emitiste en un primer lugar tuviera algún tipo de fallo, es muy recomendable que realices inmediatamente una factura rectificativa, pues estás obligado por ley, a no ser que hayan pasado cuatro años desde que te pudiste deducir el IVA.
Cuando la estés elaborando, recuerda siempre indicar claramente que es rectificativa, así como el motivo por el que la estás emitiendo, los datos de referencia de la factura original, así como los nuevos datos claramente especificados. En cuanto al resto de datos, tendrás que seguir la normativa general para cada tipo de factura.
Para que lo entiendas un poco mejor, puedes ver en un minuto lo fácil que es hacer una factura rectificativa con nuestro software de facturación Txerpa Autónomos