¿Cuántos tipos de autónomos hay?
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Los diferentes tipos de autónomos son:
1. Trabajadores autónomos Son aquellos que de forma habitual gestionan un pequeño negocio que está a su nombre, pudiendo tener o no a trabajadores contratados. Y se dividen en:
Los autónomos que cotizan por actividades empresariales en el impuesto de actividades económicas, como taxistas, transportistas, comerciantes o autónomos con negocio en la hostelería, taller, centro de servicios personales (peluquerías, masajes, etc) o que se dedican a la construcción y el mantenimiento. En muchas ocasiones tributan en módulos (IRPF en régimen de estimación objetiva).
Artistas y deportistas, que conforman un grupo especial en el impuesto de actividades económicas que incluye a personas dedicas a actividades artísticas (cine, teatro, TV, circo, música) deportivas o taurinas.
2. Profesionales autónomos. Encontramos dos tipos de autónomos:
suelen estar colegiados (arquitectos, abogados,farmacéuticos, economistas, etc…). En ocasiones no cotizan directamente en el régimen de autónomos sino a través de las mutualidades de sus Colegios Profesionales.
no suelen estar colegiados (programadores, diseñadores, publicistas, agentes de seguros, etc…). En la mayoria de casos tributan por el IRPF en estimación directa simplificada, y supone una opción de autoempleo, generalmente con un mayor nivel de ingresos.
3. Empresarios autónomos Aquellos trabajadores y profesionales autónomos cuyos negocios tienen ya una cierta dimensión y que generalmente cuentan un mayor número de trabajadores contratados y optan por crear una sociedad, lo que puede reducir los impuestos a pagar y sobre todo limita su responsabilidad al patrimonio de la sociedad.
4. Trabajadores autónomos económicamente dependientes Aquellos autónomos, trabajadores o profesionales, que facturan a un solo cliente el 75% o más de sus ingresos, y no pueden tener trabajadores a su cargo.
5. Autónomos agrarios Los autónomos que se dedican a actividades agrícolas cuentan desde 2008 con un régimen especial de cotización, el “Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios”, SETA.
6. Cónyuge y familiares de autónomos Cónyuge y familiares de autónomos hasta el segundo grado de consanguinidad que colaboren en el negocio habitualmente y no tengan la condición de asalariados.
7. Trabajadores de cooperativas Socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado que hayan optado por cotizar en el régimen especial de trabajadores autónomos.
8. Socios de comunidades de bienes Los comuneros o socios de comunidades de bienes y sociedades civiles irregulares.
9. Socios industriales Los socios industriales de sociedades regulares colectivas y de sociedades comanditarias.
Con la nueva Ley de Emprendedores nace el Emprendedor de Responsabilidad Limitada