¿Los autónomos pueden tener baja laboral?
La respuesta es que sí. De la misma manera que sucede con los trabajadores asalariados, los autónomos tienen la baja entre sus derechos laborales reconocidos.
Aunque con diferencias y rompiendo mitos, los autónomos tienen el mismo derecho que los trabajadores asalariados aunque existen diferencias entre ambos grupos. En primer lugar, pasaremos por los requisitos para que un autónomo pueda solicitar la baja:
Hay que estar dado de alta en el RETA, régimen especial de autónomos.
Estar al día de pago de las cuotas de autónomos.
Haber cotizado por incapacidad temporal un porcentaje dentro de la cuota de autónomos.
Para bajas por enfermedad común se ha de haber cotizado 180 días en los últimos cinco años.
Tipos de baja de autónomos
Cumpliendo estos requisitos, el autónomo tiene derecho a una prestación que varía en función del tipo de baja. En todos los casos se tiene como referencia la base reguladora fijada por la base de cotización que se tuviera el mes anterior a la baja:
Si se trata de una enfermedad o accidente no laboral se cobra el 60% de la base reguladora entre los días 4 y 20 de la baja. A partir del día 21 el porcentaje aumenta hasta el 75%
En caso de enfermedad profesional o accidente laboral, la cantidad de la prestación es del 75% desde el primer día.
¿Cuánto cobra un autónomo por baja laboral?
Para bajas por enfermedad profesional con una base reguladora mínima (960,60 €), un autónomo cobraría 720,45€ mensuales al mes. Sin embargo, existe un inconveniente para los autónomos: durante los primeros 60 días se ha de continuar pagando la cuota de autónomo aún estando en baja laboral. De esta manera los dos primeros meses habría que descontar 294 € de la cuota, quedando 426,45 € durante los dos primeros meses.
Cómo gestionar una baja laboral como autónomo
Imprescindible avisar a la Seguridad Social y la mutua del seguro del que se disponga para notificar de la situación. Esto se realiza presentación la incapacidad Temporal en la web de la Seguridad Social presentando la solicitud y los partes correspondientes.
Período de baja que pueden tener los autónomos
Las bajas para autónomos tiene un periodo máximo de doce meses que se puede ampliar a 6 más si se puede efectuar el alta médica. En caso contrario se procedería a la gestión de la incapacidad permanente en la Seguridad Social.