¿Qué has de hacer si recibes un requerimiento de Hacienda?

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Si en tu buzón de notificaciones de la Sede Electrónica de la A.E.A.T. o si por correo postal recibes una notificación de Hacienda, estas son cinco cosas que debes hacer.

  • Abrir la notificación. No hacerlo puede perjudicarte.

  • Anotar la fecha en la que la has recibido.

  • Leer la notificación.

  • Si te solicitan documentación, facturas, libros de contabilidad justificantes, envíalo todo rápidamente a tu asesor y despreocúpate.

Tu asesor de TXERPA estudia la notificación y prepara la contestación y la presenta por ti.

La contestación se debe presentar en el plazo que indica el requerimiento, muy corto, 10 días hábiles, este es el motivo por el que decimos dar los pasos con rapidez, el asesor lo ha de estudiar antes de contestar.

Si no tienes contratado el servicio profesional de un asesor y quieres hacerlo tú puedes contestar el requerimiento y aportar la documentación a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

¿En qué consiste un requerimiento?

Hacienda revisa todas las declaraciones fiscales y puede solicitar al contribuyente, aclaraciones de alguna incongruencia, o documentos que justifiquen declaraciones efectuadas por el contribuyente, principalmente gastos que se ha deducido en la declaración de impuestos.

El medio que utiliza para solicitar esta información o justificación es a través de un requerimiento, al que el contribuyente está obligado a contestar.

En caso de que tengas que ausentarse si estás de viaje o tienes vacaciones puedes solicitar que durante un periodo de tiempo no te envíen notificaciones puedes leer nuestro artículo Vacaciones sin notificaciones electrónicas.

Si soy autónomo, llevo mis facturas y libros en orden ¿aún así puedo recibir requerimientos?

La contestación es sí, y de hecho cada vez son más frecuentes. No hay duda que es un inconveniente y una obligación más, pero no hay que asustarse.

Recibir un requerimiento no es sinónimo de sanción, si contestas en plazo y aportas la documentación convincente para Hacienda, se termina aquí la cuestión.

Qué sucede si Hacienda considera insuficiente lo aportado

En este caso se abre un nuevo Procedimiento de Comprobación Limitada, y el contribuyente puede efectuar las alegaciones que considere oportunas, si la administración resuelve a favor del contribuyente finaliza el procedimiento si no es así y resuelve en contra puedes interponer Recurso de Reposición. Y por último en la vía administrativa Recurso Económico Administrativo.

Un buen consejo de los expertos de TXERPA

El consejo que nos dan los expertos de TXERPA es que pidamos a nuestros proveedores que detallen el concepto que pueda clarificar que el gasto está relacionado con la actividad, o que guardemos un justificante de esta relación o ambos siempre que nos sea posible. La mayor parte de los requerimientos están relacionados con el hecho de justificar que los gastos deducidos son efectivamente de la actividad por esto si tienes la justificación puedes ahorrarte problemas en el caso de recibir un requerimiento.

 
 

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