¿QUÉ FACTURAS DE GASTOS PERSONALES HE DE GUARDAR ESTE AÑO PARA DESGRAVAREME EN LA PRÓXIMA DECLARACIÓN DE LA RENTA?

El periodo impositivo de la declaración es del día 1 de enero al 31 de diciembre de cada ejercicio fiscal como norma general si bien la declaración se hace en el año siguiente. Por esto es importante tener facturas de los gastos que puedan disminuir la carga fiscal y guardarlas para la próxima declaración.

La declaración de la renta tiene una parte de la recaudación y de la capacidad normativa que corresponde a las comunidades autónomas, y otra al estado. Por esto varían de una comunidad a otra las desgravaciones que se pueden aplicar en la declaración de la renta.

En este articulo nos referimos a los gastos personales, los gastos de tu actividad como autónomo has de guardarlos TODOS.

Gastos desgravables en algunas comunidades autónomas

Pueden ser susceptibles de desgravar según la comunidad autónoma que vivas:

  • Gastos escolares, libros de texto o de lectura obligatoria y material escolar.

  • Aprendizaje de lenguas extranjeras o de la lengua propia de la comunidad.

  • Gastos relacionados con la conciliación, guarderías o comedor escolar.

  • Intereses de prestamos para estudios de master y doctorado.

  • Gastos de defensa jurídica relacionados con tu puesto de trabajo.

  • Gastos de seguro de crédito de ingresos si eres propietario de una vivienda.

  • Gastos de enfermedad, abonados a profesionales de la sanidad excepto farmacéuticos.

  • Gastos para estar sanos con el ejercicio, gimnasio, una bicicleta que no sea automática.

  • Gastos de arrendamiento de la vivienda para jóvenes o determinados colectivos.

  • Gastos de transporte si vives en un municipio con riesgo de despoblación.

Gastos que pueden desgravarse en todo el estado

  • Gastos relacionados con el ahorro energético en la vivienda o en el transporte.

  1. Estas todavía a tiempo de realizar una inversión para la rehabilitación de tu vivienda te recomendamos nuestro artículo ¿Tiene ventajas fiscales mejorar el consumo de energía de tu vivienda?

  2. Si optas comprar un vehículo eléctrico para tus desplazamientos, puedes leer nuestro artículo “Medidas fiscales para incentivar la adquisición de vehículos eléctricos”.

  • Aportaciones a un plan de pensiones. Las cantidades aportadas se deducen de la base imponible que grava él IRPF, si optas por esta forma de ahorro es conveniente que consultes tu asesor fiscal para que te informe en que consiste y que cantidad puedes aportar según tus ingresos.

  • Donaciones a determinadas entidades sin ánimo de lucro.

    ¿Cuánto tiempo he de conservar las facturas o justificantes de los gastos que me he desgravado en la declaración de la Renta?

Has de guardar los justificantes de los gastos que te has desgravado durante todo el tiempo que el impuesto no ha prescrito y por tanto puedes tener un requerimiento para que aportes los justificantes. El IRPF prescribe a los cuatro años contados al día siguiente del plazo reglamentario para presentar la declaración. Si hacienda te ha enviado un requerimiento se interrumpe la prescripción.

Recomendaciones de nuestros expertos

Pide siempre factura de los gastos que creas podrás desgravar en tu declaración y los consultas con tu asesor a la hora de hacer la declaración y conserva todas las facturas y justificantes de los gastos que te hayas desgravado en tus declaraciones.

Tener un asesor te da la tranquilidad que no te vas a dejar ningún gasto y no vas a pagar de más en impuestos.

 
 

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