¿Cómo puedo contratar a un trabajador si soy autónomo?

¿Cómo puedo contratar a un trabajador si soy autónomo? Los autónomos empleadores son un colectivo muy importante en este país y desde Txerpa Gestoría Online queremos ayudarte a dejar más claros los trámites si quieres ser uno de ellos. En realidad, burocráticamente es un proceso bastante sencillo. Además, recuerda que ya puedes contratar sin perder la tarifa plana de 50 euros u otras bonificaciones en tu cuota de autónomo. Sí, aunque fuera un contrato laboral de unas simples horas. La cuestión es que si pasas a ser autónomo empleador, pasas a ser un autónomo-empresario a efectos de la Seguridad Social. 

¡Vamos a ver qué tienes que hacer!

1. Debes inscribirte como empresario en la Seguridad Social:

Al ser la primera vez que quieres contratar, debes inscribirte como empresario en la Seguridad Social, como te comentábamos anteriormente. Para llevar a cabo este trámite debes presentar el modelo de la Seguridad Social TA-6, que puedes descargar haciendo click en la imagen. 

Mediante este modelo te darán un Código de Cuenta de Cotización (CCC), que digamos es el número de patronal que tendrá tu empresa. A partir de ese momento, todas las altas de trabajadores que hagas en la Seguridad Social tendrán este número en su NAF o Número de Afiliación a la Seguridad Social. 

También existe la posibilidad de que seas un considerado 'empresario colectivo', aquel que tiene actividad profesional en diferentes provincias del país o viceversa. 

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2. Documentación a presentar:

La documentación a presentar dependerá del régimen en el que se incluya tu empresa, según la naturaleza de la misma o del contrato. Recuerda que existe el Régimen General, Régimen de Empleados del Hogar, Régimen de Trabajadores del Mar y de Autónomos. 

Si quieres dar de alta a un trabajador en el Régimen General, tendrás que presentar...

- Modelo de solicitud: se especifica este punto porque aparte del TA.6 existe también el Modelo TA.6-0138_HOGAR para empleados del hogar. 

- Origian o copia de tu documento identificativo.  

- Documento emitido por el Ministerio de Economía y Hacienda asignando el Número de Identificación Fiscal en el que conste la Actividad Económica de la Empresa según CNAE -09. Con el resguardo de tu Modelo 036, que tuviste que presentar cuando te diste de alta en Hacienda bastaría. El objetivo es que la Seguridad Social vea tu epígrafe de actividad y que compruebe que estás dado de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.

En el caso de los empleados del hogar, este impreso no es necesario. 

Además, recuerda que una vez formalizado todo el proceso tendrás que darte de alta de manera obligatoria en el sistema Red, pues es la página web a través de la cual la Seguridad Social se pondrá en contacto contigo de manera telemática, para hacerte así llegar todas las notificaciones. 

3. ¿Dónde y cómo puedo presentar toda la documentación?

La Seguridad Social permite presentar formalizar este trámite tanto de manera presencial como de manera telemática. Si vas a gestionar tú todos los trámites y prefieres hacerlo de manera presencial, podrás solucionarlo todo en la misma visita (como siempre si tienes todos los papeles que solicitan).

Si quieres que una gestoría se encargue de este trámite, debe ser hecho vía telemática y puede tardar un poco más. Aunque la Administración siempre intenta dejarlo todo finiquitado en 24 horas, suele tardar un poco más. 

Recuerda que desde Txerpa Gestoría Online podemos ayudarte. Si estás interesado en contratar y necesitas gestoría, escríbenos: info@txerpa.com

 

 

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