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IVA Soportado y Repercutido | Todo lo que necesitas saber

El IVA soportado y repercutido conllevan un buen puñado de pequeños detalles que como autónomo te conviene conocer bien. Desde Txerpa Asesoría Online queremos ayudarte a entender un poco mejor en qué consiste y, sobre todo, cómo te afectará a la hora de gestionar tus obligaciones con Hacienda, así como tu IVA soportado deducible.

La mayoría de información se refiere al Régimen General de IVA, pero si vas a iniciar un negocio en otro, no dudes en preguntar al equipo Txerpa usando el chat 😉

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El IVA repercutido o devengado es el que tienes que incluir en tus ventas como autónomo y que, como consecuencia, tendrás la obligación de ingresar en Hacienda. En el penúltimo punto de este artículo te lo explicamos con más detalle.

Pongamos un ejemplo:

Vendes una página web por 1000 euros a la que, según la normativa, tienes que añadir a su precio original (o base imponible) el 21% de IVA. Como consecuencia, tendrás que cobrar a tu cliente un total de 210 euros en concepto de IVA e ingresarlo a Hacienda en el trimestre.

A continuación te resumimos la normativa para que aprendas cómo aplicar el IVA repercutido en tus ventas:

  1. infórmate siempre de si tu venta no está incluida entre las operaciones no sujetas al impuesto, o exentas.

  2. según la normativa, la venta debe realizarse en Península o Baleares. Piensa que exportaciones y ventas intracomunitarias no funcionan igual, por lo que es muy recomendable que consultes con tu asesor.

  3. la venta debe entenderse realizada, excepto en el caso del Régimen Especial de IVA de Caja (RECC). Los acogidos al RECC pueden retrasar la aplicación, declaración e ingreso del IVA repercutido a Hacienda hasta el momento en el que consiguen cobrar la factura.

  4. en todo momento debes ser conocedor de los diferentes tipos de IVA y el porcentaje exacto de IVA repercutido que tienes que aplicar a la base imponible de tu venta. Ahora bien, si llegaras a cometer algún error en la aplicación del impuesto, no te preocupes porque tienes derecho a emitir una factura rectificativa.

Como siempre decimos en Txerpa, al emitir tus facturas de venta, como autónomo te conviertes en un recaudador de impuestos, lo cual viene acompañado de una responsabilidad a la hora de reunir el dinero que corresponde e ingresarlo en Hacienda.

Te recomendamos que veas los tipos de facturas que hay y cómo hacerlas 👇

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Como autónomo, además de obligaciones, también tienes derechos. Y uno de ellos es el IVA soportado deducible. En general, Hacienda considera que los empresarios y profesionales pueden deducir del IVA repercutido el IVA soportado en sus compras, adquisiciones e importaciones.

Decimos en general, porque debes cumplir determinados requisitos para poder deducir el IVA soportado. Te los detallamos a continuación.

Requisitos del IVA soportado deducible:

Para poder restar el IVA soportado y repercutido, tanto tú como tu compra tendrá que seguir los siguientes criterios:

  • tienes que tener la consideración de empresario o profesional autónomo, por lo que obligatoriamente tienes que tramitar tu alta en Hacienda.

  • para evitar fraudes, un requisito muy importante es haber comenzado a realizar las operaciones comerciales de tu negocio. No obstante, sí se permiten deducciones relacionadas con tu actividad previa alta.

  • el gasto debe ser considerado deducible por ley.

  • que se trate de IVA incluido en facturas de compras de bienes o servicios que efectivamente sean utilizados en la actividad. Ojo porque Hacienda es muy estricta con este tema.

Existen casos como los gastos de teléfono o deducciones de coche, que Hacienda solo permite deducir el 50% del IVA soportado, o incluso menos.

Generalmente se trata de compras que pueden ser usadas tanto para el trabajo como a nivel personal. De ahí que el total de IVA soportado deducible sea una combinación entre tu epígrafe IAE y el criterio de Hacienda a la hora de considerar el porcentaje de afectación (o relación) de esa compra con tu actividad económica como autónomo.

De hecho Hacienda te puede obligar a probar que efectivamente la compra era necesaria para el desarrollo de tu trabajo, como en el caso de la deducción de las dietas y alojamiento.

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El IVA soportado y repercutido serán claves para pagar tus impuestos trimestrales. Como autónomo tendrás la obligación de declarar a Hacienda cuánto dinero has recaudado y cuánto IVA soportado tienes derecho a deducir de las compras que has hecho en el trimestre.

El modelo genérico para informar a Hacienda de todos estos movimientos del impuesto será el Modelo 303. Para operaciones intracomunitarias será el 349 y para importaciones el Modelo 380. Hablamos solo de importaciones, porque las exportaciones están exentas de IVA en España.

En cada liquidación trimestral tendrás que incluir en el Modelo 303 todo el IVA soportado y repercutido, lo cual básicamente consiste en incluir en tu contabilidad de autónomo tus facturas de venta y compra.

A este IVA repercutido tendrás que restarle todo el IVA soportado que tienes derecho a deducir. Básicamente la operación de IVA soportado y repercutido es esta 👇

Si el total de la resta es positivo, tendrás que ingresar a Hacienda ese total.

En este punto es muy importante recordarte que hagas lo imposible por cobrar todas las facturas del trimestre. Al quedar reflejado en tus Libros de Registro, Hacienda te lo reclamará, independientemente de que hayas cobrado o no la factura. Eso sí, si no tuvieras suficiente liquidez, recuerda que puedes aplazar el pago del IVA.

Con el programa de facturación Txerpa puedes saber en todo momento cuánto IVA soportado y repercutido vas acumulando, de cara a preparar el trimestre. Así no te llevas sustos 😉.

Si el resultado total que debes incluir en el Modelo 303 es negativo, generalmente se compensa para el trimestre siguiente.

Al final del ejercicio fiscal, en el Modelo 303 del cuarto trimestre, si el total de esta resta sigue siendo negativo, querrá decir que tu IVA soportado es mayor que el repercutido o devengado, por lo que podrás solicitar a Hacienda que te devuelva este dinero. Suelen tardar unos 6 meses y por supuesto pueden comprobar datos ante cualquier duda. De ahí que tengas siempre las facturas bien a mano.

Y por supuesto recuerda que al finalizar el ejercicio fiscal, también tendrás que informar a Hacienda de toda la información del IVA soportado y repercutido a lo largo del año, mediante la presentación de las declaraciones informativas.

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Los Libros Registros representan la contabilidad de los autónomos. Según la normativa de Hacienda referente a IVA, mediante estos libros debe quedar claro, en cada trimestre:

  1. el total de IVA repercutido del trimestre.

  2. el total de IVA soportado, así como la cuota de IVA que puedes deducir.

  3. tus operaciones intracomunitarias.

  4. si compras bienes de inversión, recuerda que su anotación en los libros contables es diferente y se basa en la amortización del bien.

Recuerda siempre consultar con tu asesor tus compras realizadas en el trimestre, por si tuvieras alguna duda a la hora de anotar en tus libros de registro el IVA deducible.

Esperamos haberte ayudado a entender un poco mejor todo lo relacionado con el IVA soportado y repercutido. Si tienes dudas no te cortes y deja tu comentario, o contacta con el equipo Txerpa a través del chat.  

Como ves se trata de un tema a veces complicado, que requiere de ayuda, sobre todo de cara a evitar errores de contabilidad y aplicación del impuesto. Por eso, si buscas asesoría online con servicio de facturación online, ¡cuenta con Txerpa! Elige tu Plan de Autónomo y consigue asesoría continua y facturación online ¡por el mismo precio que otras asesorías!

Contáctanos desde info@txerpa.com, 971 914 199 o desde el chat y te lo contamos.

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