Cómo solicitar la devolución del IVA
La devolución del IVA es un trámite que puede afectar a muchos tipos de personas, como viajeros, profesionales o empresas en general. En este artículo encontrarás toda la información necesaria para solicitar la devolución del IVA para autónomos y empresas.
Toma nota porque para conseguir que Hacienda te devuelva el IVA que has pagado de más, tendrás que seguir unos plazos y sistema muy concretos.
Si tienes cualquier duda, puedes ponerte en contacto con el equipo de Txerpa Asesoría Online desde del chat de esta página, info@txerpa.com, o dejando tu comentario e intentaremos ayudarte.
Cuándo se puede solicitar la devolución del IVA:
Hacienda contempla la posibilidad de devolverte el IVA, en el caso de que tu IVA soportado sea superior al IVA repercutido o devengado en tus facturas, en el periodo de liquidación.
Esto quiere decir que has pagado más IVA del recaudado para Hacienda con tus facturas de venta, por lo que tienes derecho a que te devuelvan esa diferencia.
Como el periodo de liquidación puede ser diferente para autónomos y empresas, provoca que los plazos para reclamar el IVA sean diferentes. Vamos a verlo por partes:
Plazo de devolución de IVA para empresas:
Si se trata de una empresa cuyo periodo de liquidación del impuesto es mensual (inscrita en el Registro de devolución mensual), podrán solicitar la reclamación del IVA durante el periodo de liquidación siguiente, con la presentación del modelo. Si el periodo de liquidación fuera trimestral, los plazos serán igual que los marcados para los autónomos.
Plazo de devolución de IVA para autónomos:
Como para los autónomos el periodo de liquidación del impuesto es trimestral, si a lo largo del ejercicio fiscal el IVA soportado es mayor que el repercutido, van solicitando la compensación del impuesto para el siguiente trimestre. Ahora bien, es en el último trimestre del año cuando pueden solicitar la devolución del IVA.
Recuerda que el cuarto trimestre suele liquidarse el 30 de enero del año siguiente.
Si por cualquier motivo no hubieras solicitado la devolución del IVA cuando tocaba, tanto autónomos como empresas tienen hasta 5 años para hacerlo, a contar desde la fecha de presentación de la declaración en la que tenías derecho a devolución.
Para reclamaciones de IVA fuera del plazo correspondiente, según el periodo de liquidación al que se refiere la declaración que presentes, tendrás que respetar igualmente los plazos.
Pongamos un ejemplo: eres autónomo y tienes derecho a solicitar la devolución del IVA en el cuarto trimestre, pero no lo haces. Tienes que esperarte hasta el 30 de enero del año siguiente.
Cómo solicitar la devolución del IVA:
Como te comentábamos antes, para los autónomos y empresas que liquidan el impuesto trimestralmente, el modelo 303 correspondiente al cuarto trimestre del ejercicio ejercerá como solicitud de devolución.
En este caso también tendrás que solicitar a Hacienda la devolución en el modelo 390, en el caso de que estés obligado a presentarlo.
En el caso de empresas incluidas en el REDEME, se tratará del modelo de liquidación correspondiente al periodo siguiente al que se ha generado el derecho a solicitar la devolución.
Es decir, si tu empresa soporta más IVA del repercutido en marzo, tendrá que solicitar la devolución al presentar el modelo 303 en abril.
Para todos los casos:
como el resultado de la declaración es negativo, la cifra total del modelo 303 debe tener signo menos y la solicitud de devolución del IVA tendrá que estar marcada en la casilla 71.
como te puedes imaginar, se trata de un trámite que solo puede realizarse online, al presentar el modelo en la Sede Electrónica de Hacienda, por lo que necesitas DNI digital, certificado digital o Cl@ve PIN.
Puedes acceder a la página de Hacienda con más info.
Si eres cliente de Txerpa, tu asesor asignado te informará del resultado de tus modelos, y se encargará de todo. ¡No te preocupes!
Recuerda que dependiendo de tu actividad, es posible que tengas que realizar otros trámites para solicitar la devolución del IVA. ¡Consúltanos!
Qué plazo tiene hacienda para tramitar la devolución del IVA:
Cuando tu solicitud de devolución es recibida, Hacienda tiene hasta 6 meses para realizar una liquidación provisional.
En ese plazo de revisión, si ven que es a devolver, pueden devolverte el IVA de oficio en la cuenta IBAN que indicaras, en un plazo de 30 días.
Ahora bien, recuerda que es provisional, por lo que después podrían enviarte algún requerimiento. En ese caso, puedes contestarlas desde AQUÍ.
Para estar bien informado de los envíos de Hacienda, recuerda que es las notificaciones online son muy útiles. Ahora bien, si estás en mitad de un trámite importante, recuerda que puedes bloquear los envíos de la Administración de manera temporal, si crees que no vas a poder estar muy pendiente algunos días.
Si pasados los 6 meses no te han ingresado el dinero, la normativa prevé que Hacienda te devuelva el IVA con intereses de demora (3,75%), pero como suele suceder tendrás que formalizar una nueva solicitud, reclamando el abono de los intereses.
Cómo consultar la devolución del IVA:
Durante el semestre de plazo que tiene Hacienda, puedes ir consultando el estado de tu solicitud desde la Sede Electrónica de Hacienda, Mis Expedientes.
¿Merece la pena solicitar la devolución del IVA?
Por mucho que sea cuarto trimestre y tuvieras derecho a solicitar la devolución, generalmente también se suele solicitar la compensación, sobre todo si el resultado a devolver es algo muy puntual. Recuerda que con la compensación, ese IVA de más se tendrá en cuenta para el próximo periodo.
Piensa que puede ser que el próximo trimestre el resultado de tu 303 sea a pagar, por lo que seguramente te será de más ayuda compensarlo, teniendo en cuenta que Hacienda puede tardar hasta 6 meses en devolverte el dinero.
Este es el sistema que nuestros asesores suelen utilizar a la hora de tramitar los modelos relacionados con el IVA durante el 4º trimestre.
En realidad, a no ser que vayas a darte de baja como autónomo, o efectivamente ya lo estés pero tienes que presentar el modelo 303 del cuarto trimestre, lo más efectivo sería compensar.
Otro caso en el que sí podría ser mejor solicitar la devolución sería para empresas que generalmente siempre tienen más IVA soportado que repercutido, por tener ventas con IVA reducido.
Esperamos haberte dejado más claro este tema, sobre todo cuándo es mejor hacerlo.
Y si quieres que los asesores de Txerpa te ayuden con este, o cualquier otro trámite, escríbenos a info@txerpa.com, rellena el formulario de contacto o llámanos al 971 914 199 y te contactaremos sin compromiso.
Impuestos más fácil con Txerpa 😉