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Qué puedes desgravarte si eres autónomo y teletrabajas desde casa

Siendo un profesional autónomo, seguramente te vayas preguntando muy a menudo  si podrías deducir algunos de tus gastos al trabajar desde casa. Aunque a todos los profesionales nos gustaría poder deducir todos los gastos de gasolina, viajes, vestuario y alquiler, lamentablemente esto no es del todo posible.

En las próximas líneas te contamos qué gastos pueden ser deducidos por el hecho de teletrabajar

Requisitos para poder aplicar deducciones por trabajar desde casa

- La medida aplica únicamente a los autónomos que estén dados de alta en el régimen de estimación directa del IRPF.

- Los gastos deducibles serían todos aquellos que estuvieran directamente vinculados a la actividad económica.

- Todos los gastos tienen que estar justificados a través de facturas emitidas a nombre del trabajador.

- Las facturas simplificadas, no deducen el IVA solo pueden ser consideradas como gasto.

- Todas las operaciones que se quieran deducir deben de estar registradas en el libro de gastos e inversiones.

Teniendo esto en consideración y habiendo notificado a Hacienda que la actividad laboral se realiza desde casa, hay otras cosas que se han de tener en cuenta.

¿Qué gastos te puedes deducir al trabajar desde casa?

Para poder desgravar gastos de tu domicilio, tendrás que notificar a Hacienda el porcentaje de la misma que destinarás a tu negocio. Debes hacerlo tan pronto como des de alta la actividad económica.

Si la vivienda es de tu propiedad, podrás desgravar lo siguiente:

Los gastos que se generen como teléfono, luz, agua, cuota de la comunidad, seguro, reformas, intereses vinculados a la hipoteca,  la amortización fiscal del inmueble y la parte proporcional del IBI.

En el caso de que la oficina sea de alquiler, es necesario haber firmado un contrato de arrendamiento que permita realizar una actividad económica dentro de casa. Este alquiler tiene que llevar el IVA de la parte destinada al negocio para que posteriormente se deduzca. Se pueden desgravar todos los gastos que se generan de teléfono, luz, seguro y agua y los gastos de comunidad, pasan a ser deducibles en caso de que haya que pagarlos. Hay que tener en cuenta, que en el caso de deducir estos gastos de la actividad económica, posteriormente no podrán ser deducidos en la declaración de la renta cómo autónomo.

En el caso de los gastos telefónicos, si solo tienes una línea de teléfono móvil, Hacienda te permite desgravar un 50% del gasto, en los casos en los que la factura vaya a tu nombre y el consumo sea independiente del particular.

En el caso del transporte, se podrá deducir un 50%del gasto por transporte en los casos en los que sea justificable y se tenga un comprobante. Los siguientes vehículos, pueden deducirse un 100%:

- Vehículos mixtos utilizados para el transporte de mercancías.

- Vehículos utilizados en la prestación de servicios de transporte de viajeros mediante contraprestación.

- Vehículos utilizados en la prestación de servicios de enseñanza de conductores o pilotos mediante contraprestación.

- Vehículos utilizados por sus fabricantes en la realización de pruebas, ensayos, demostraciones o en la promoción de ventas.

- Vehículos utilizados en los desplazamientos profesionales de los representantes o agentes comerciales.

- Vehículos utilizados en los servicios de vigilancia.

En el caso de productos tecnológicos, se podrá deducir los gastos relacionados con la compra de ordenadores, software e impresoras cuando sea para desarrollar la actividad profesional de la empresa.

Para poder desgravar los gastos de viajes, dietas y representación, los trabajadores autónomos pueden desgravar gastos de desplazamiento en transporte público, además de hospedaje en hotel y gastos de manutención siempre y cuando se acredite el motivo profesional.

Como autónomo que teletrabaja, estos son los gastos más comunes que te puedes deducir. Ante cualquier duda, consulta con tu asesor de confianza Txerpa para que te ayude.

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