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Cuentas Anuales. Todo lo que tienes que saber

Una vez al año todas las empresas están obligadas a presentar las cuentas anuales en el Registro Mercantil firmadas por el administrador de la empresa. Tanto si tienes un nuevo negocio como si llevas años con tu compañía surgirán dudas acerca de los plazos, obligaciones o qué presentar. 

¿Qué son las cuentas anuales?

La documentación acerca de la información financiera de la compañía en el último año que se compone de los siguientes documentos:

  • Balance de situación.

  • Cuenta de pérdidas y ganancias.

  • Estado del patrimonio neto

  • Estado de flujos de efectivo

  • Memoria

¿Por qué se han de presentar las cuentas anuales?

Para hacer accesible la información tanto para las personas o entidades privadas que tengan relación directa como para los organismos públicos.

¿Estoy obligado a presentar las cuentas anuales?

Por lo general cualquier Sociedad Anónima y Sociedad Limitada estará obligada a hacerlo. También es necesario para los fondos de pensiones. Señalar que los autónomos están exentos de este proceso.

¿Cuándo se presenta la documentación de las cuentas anuales?

Es un proceso en el que podemos diferenciar etapas que nos llevan hasta finales de julio del año siguiente:

  1. En primer lugar se elaboran las cuentas en los tres primeros meses del año, hasta el 31 de marzo.

  2. Los libros contables tienen cuatro meses desde el cierre, hasta el 30 de abril.

  3. La aprobación por parte de la Administración o Junta General de Socios de la empresa ha de darse antes del 20 de junio.

  4. Por último el depósito se ha de realizar antes del 30 de julio.

Las Cuentas Anuales se han de presentar en el Registro Mercantil de la provincia en la que la empresa tenga la razón social: de manera física o bien de forma telemática mediante el modelo D2 en la web correspondiente de cada registro provincial.

¿Qué sucede si no se presentan las cuentas?

Una nueva norma aprobada en enero de 2021 ha reforzado la importancia del cumplimiento de la obligación de depositar cuentas anuales en el registro.

No depositar en tiempo las cuentas anuales da dos consecuencias:

  1. El cierre registral: no se inscriba en el registro mercantil documento alguno referido a la sociedad mientras el incumplimiento persista excepto algunos casos como puedan ser la inscripción de administradores nuevos o la renuncia de poderes / disolución de la sociedad.

  2. Infracciones sancionables que se sitúan entre 1.200€ y 300.000€ dependiendo de la facturación entre otros factores.

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