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🖥 Cómo desgravar la compra de un ordenador como autónomo

La compra de un ordenador es uno de los gastos más comunes a la hora de desgravar si eres autónomo ya que, independientemente de tu profesión, se trata de una herramienta de trabajo básica hoy en día.

Pero a la hora de desgravar la compra, es importante que sepas que dependiendo del precio del ordenador tendrás que deducirlo de una manera u otra. Por eso, desde Txerpa Asesoría Online te traemos esta guía para autónomos, con la que resumimos los aspectos a tener en cuenta y cómo deducir la compra, con los consejos de nuestros asesores. ¡Toma nota!

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Los criterios de Hacienda a la hora decidir qué gastos puede desgravar un autónomo, o empresa, se basan fundamentalmente en si esa adquisición es necesaria para el desarrollo de la actividad económica.

Es por eso que generalmente la compra de un ordenador se puede desgravar sin mayor problema, tanto el IVA soportado como en concepto de IRPF.

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La manera en que una empresa o autónomo puede desgravar la compra de un ordenador, dependerá del importe del mismo. Toma nota de estos datos:

  • si el precio del ordenador supera los 3.005,06 euros, IVA no incluido, se considera bien de inversión en concepto de IVA.

  • si el precio es mayor a 300 euros, podrás desgravarlo en concepto de IRPF, también como un bien de inversión.

Por tanto, si supera alguna de estas dos cantidades, tendrás que desgravar la compra del ordenador utilizando el sistema utilizado para los bienes de inversión, es decir, amortizando el gasto.

Al ser considerado un bien de inversión, tendrás que amortizarlo, es decir, desgravarlo en varios plazos.

Así, al presentar el IVA trimestral:

  1. tanto si quieres amortizar la compra del ordenador como bien de inversión, como si no, incluye el gasto en tu contabilidad, como cualquier otra, y podrás deducir el 100% del IVA soportado al presentar el modelo 303. En el caso de que se trate de un bien de inversión a efectos de IVA, tendrás que indicarlo en dicho modelo. 

  2. a la hora de desgravar el ordenador en concepto de IRPF, lo irás amortizando según las tablas establecidas por Hacienda para cada régimen.

Toma nota de los plazos en el siguiente punto 👇

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A la hora de deducir el IVA, si lo quieres amortizar, podrás hacerlo durante los cuatro años naturales siguientes a la fecha de compra, con un plazo máximo de 10, si estás incluido en Estimación Directa Simplificada. En el caso de que empieces a usarlo tiempo después a la compra, la deducción comenzará justo cuando comiences a darle uso en tu negocio.

En el caso de desgravarlo mediante amortización, en concepto de IRPF:

  1. Si estás incluido en el Régimen de Estimación Directa Simplificada, la compra del ordenador se incluiría en el grupo 5 de su tabla de amortización, ‘Equipos para tratamiento de la información y sistemas y programas informáticos’, que te permite amortizar el gasto en un plazo máximo de 10 años.

  2. Si estás incluido en el Régimen de Estimación Objetiva, este gasto está incluido en el grupo 2 de la tabla de amortización del régimen, ‘Útiles, herramientas, equipos para el tratamiento de la información y sistemas y programas informáticos’, que permite amortizar el gasto en un plazo máximo de 5 años.

La normativa indica que, como autónomo, debes realizar la amortización correspondiente al finalizar el ejercicio fiscal, o en cada trimestre. En Txerpa optamos por la amortización trimestral.

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Tanto si se trata de un bien de inversión o no, para desgravar la compra correctamente tendrás que registrar una factura de compra en tu contabilidad, con la que indicar todos los datos de la adquisición del ordenador.

Recuerda anotar el IVA, así como indicar en tu contabilidad la categoría de gasto.

Debería tener estos datos:

ANOTACIONES PARA USUARIOS DEL PROGRAMA DE FACTURACIÓN TXERPA:

Al registrar la factura, indica que se trata de un bien de inversión —> Tipo de bien: ‘Equipos para procesos de información’ —> Categoría de gasto: ‘Otros servicios’.

Incluye los datos de la compra del ordenador en tu libro de bienes de inversión:

Al tratarse de un bien de inversión, y para deducir el IVA correctamente, es necesario apuntar la compra deducible en el libro de bienes de inversión de IVA de tu contabilidad, en el caso de que estés incluido en alguno de estos regímenes:

  • Régimen de Estimación Directa Normal, en el caso de actividades profesionales y no mercantiles, como autónomos agrícolas, ganaderos y artesanos.

  • Régimen de Estimación Directa Simplificada, tanto si la actividad es empresarial como profesional.

  • Estimación Objetiva.

Al anotar el gasto, la normativa de IVA indica que debes incluir:

  • los datos referentes a la factura de compra del ordenador, separando esta anotación de cualquier otro bien de inversión.

  • si has importado el ordenador, anota la información de aduanas. Si incluyeras en esta compra un ratón, por ejemplo, como se consideraría un elemento perteneciente al ordenador, puedes anotarlo de manera conjunta.

  • fecha de comienzo de uso, prorrata anual definitiva y regularización anual, si procede.

  • si tu negocio tiene más de un local, cada uno de ellos debe tener un libro independiente.

    Recuerda que en Txerpa creas automáticamente tus libros de contabilidad, con cada factura emitida o registrada. ¡Ahorra tiempo y evita errores!

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Para contabilizar más gastos comunes como autónomo sin errores y fácil te recomendamos:

  1. Desgravar los gastos relacionados con el coche.

  2. Cómo desgravar los suministros si trabajas en casa.

  3. Cómo desgravar el alquiler de tu casa.

  4. Desgravar dietas y viajes.

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