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Seguridad Social aplica la exención de IRPF en la maternidad

(Actualizado el 13 de diciembre de 2018)

La Seguridad Social paraliza la retención de IRPF en las prestaciones de maternidad de las autónomas este octubre. Así lo ha anunciado el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social en una nota de prensa, en la que anunciaba que a partir de ya comenzará a aplicar la sentencia del Tribunal Supremo, conocida el viernes 3 de octubre, la cual establecía que las prestaciones públicas por maternidad de la Seguridad Social están exentas de retención de IRPF. Es decir, que no se debe aplicar sobre ellas el Impuesto de Renta de las Personas Físicas, de manera que se tendrán que cobran íntegras.

Desde Txerpa queremos explicarte todo lo que se conoce sobre este tema hasta la fecha, puesto que también afecta a las retenciones de IRPF de aquellas autónomas que estén cobrando la prestación de maternidad y paternidad.

¿La última noticia sobre este tema? ¡Ya se puede solicitar la devolución del IRPF de todas las prestaciones de maternidad y paternidad cobradas entre 2014 y 2018! Mira cómo tramitar la solicitud.

Las prestaciones de maternidad de octubre se cobrarán sin retención de IRPF:

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha trasladado las instrucciones pertinentes a sus direcciones provinciales para que apliquen íntegramente la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de junio de 2017, que estimó el recurso de una mujer y ordenó a Hacienda que le devolviera la cantidad ingresada en el IRPF de 2013, por la prestación de maternidad percibida en dicho ejercicio.

De esta manera, las prestaciones por maternidad que ya estén reconocidas este mes de octubre de 2018, y estén en fase de abono, no incluirán descuento alguno por IRPF.

Es decir, que se les aplicará directamente la exención del impuesto.

¡Así que ya lo sabes! Si antes de octubre te aceptaron la baja de maternidad, este mes de octubre el INSS debería ingresarte más dinero, debido a la no aplicación del IRPF en tu cobro mensual.

La exención de IRPF también se aplicará desde octubre a las solicitudes de prestación de maternidad realizadas telemáticamente:

Esta nueva medida de actuación del INSS también se aplicará a todas las solicitudes telemáticas de prestación de maternidad que sean tramitadas a través del portal Tu Seguridad Social.

Según se declaró desde el Ministerio, en estos momentos se están realizando los cambios informáticos necesarios en la Sede, para que el sistema elimine automáticamente la retención en las solicitudes telemáticas.

Se espera que estos cambios concluyan en las próximas 2 semanas por lo que, de momento, se ha habilitado un procedimiento manual para eliminar el IRPF de la solicitud de prestación de maternidad.

Recuerda que para poder solicitar esta prestación desde la Sede Electrónica de la Seguridad Social, necesitas tener tu certificado digital.

Esperamos que nos informen cuando se produzca la implantación definitiva del cambio en el sistema informático, así como la manera en la que se podrá reclamar la devolución de las retenciones de IRPF de las prestaciones por maternidad cobradas desde 2013.

¡Os mantendremos informados!

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