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Cuota de autónomos 2017 con bonificaciones

(Actualizado el 19 de septiembre de 2018)

Aunque este artículo lo hicimos en 2017, no te preocupes porque está actualizado y podrás encontrar mucha información sobre la cuota de autónomos con bonificación en 2018, pues en realidad las ayudas de la Seguridad Social para que pagues menos cuota mensual no han variado mucho de un año a otro. 

Cuota de autónomos 20187 con tarifa plana:

Si hablamos de bonificaciones de autónomos, hay que empezar obligatoriamente con la tarifa plana de 50 euros. La ayuda por excelencia para nuevos autónomos estaba pendiente de modificación cuando escribimos este artículo, pero ya puedes acceder a la NUEVA TARIFA PLANA DE 50 EUROS con todos sus tramos y condiciones de acceso.

Con la nueva Ley de Autónomos, los nuevos autónomos pagarán en 2017 tan sólo 50 euros durante su primer año, si no han sido autónomo en los dos años anteriores de la fecha de alta.

AVISO: si conseguiste la tarifa plana de 50 euros antes de que cambiara la normativa, piensa que no es retroactiva, de manera que cuando finalice el primer tramo de la bonificación no seguiréis pagando 50 euros. Asegúrate siempre de que tienes suficiente dinero en la cuenta para que no te cobren recargo por impago. 

  

A continuación te indicamos cuánto se paga como autónomo con tarifa plana, según los diferentes tramos de la ayuda, para que tengas claros sus tramos si eres beneficiario de la antigua tarifa plana. Recuerda que estos cálculos están realizados siguiendo el ejemplo de cotización por la base mínima y cobertura obligatoria por contingencias comunes:

  • primera fase: 6 primeros meses de bonificación a contar desde la fecha de alta: 50 euros al mes.

  • segunda fase: desde el mes 7 desde la fecha de alta, hasta el 12: 137,51 euros/mes.

  • tercera fase: del mes 13 al 15: se te concede una reducción del 30% de la cuota, por lo que pagarás 192,52 euros al mes.

  • cuarta fase: durante tres meses más pagarás lo mismo que en la fase anterior: 192,52 euros al mes hasta completar los 18 meses de la bonificación.

Si eres hombre menor de 30 años o mujer menor de 35, tu tarifa plana se alargará, consiguiendo una bonificación adicional correspondiente al 30%, sobre la cuota por contingencias comunes. Es decir, acabada la cuarta fase, podrás pagar 192,52 euros de cuota de autónomos, durante 12 meses más. En total, recibirás una reducción en la cuota de autónomo durante 30 meses.

Recuerda además que ya está en vigor la tarifa plana de 50 euros para poblaciones de menos de 5000 habitantes, la conocida como TARIFA PLANA RURAL, que sigue la misma normativa para poder beneficiarte de la misma, pero con pago de cuota de 50 euros durante dos años. ¡Infórmate!

No te pierdas además nuestro vídeo resumen con todas las bonificaciones de la Seguridad Social 2018 para pagar menos cuota de autónomo cada mes.

Personas con un grado de discapacidad mayor o igual al 33%, víctimas de violencia de género y víctimas del terrorismo:

Si tienes un grado de discapacidad mayor o igual al 33%, has sido víctima de violencia de género, o víctima de terrorismo, tienes derecho a una bonificación en tu cuota de autónomo durante 5 años, incluso si contratas a trabajadores. Como siempre sucede con las bonificaciones, podrás beneficiarte de esta ayuda si te das de alta por primera vez como autónomo, o al menos no lo has sido en los 5 años anteriores, si te das de alta en el RETA como autónomo, socio de sociedad laboral, o socio trabajador de Cooperativas de Trabajo Asociado. Esta ayuda se divide en dos tramos:

  1. Si eliges la base mínima que te corresponde, con una cobertura por contingencias comunes, incluida la incapacidad temporal, pagarás 50 euros durante los 12 primeros meses, desde tu fecha de alta. Si prefieres cotizar por una base superior a la mínima, nuevamente con contingencias comunes y capacidad temporal, durante el primer año disfrutarás de una reducción del 80%. 

  2. A partir del mes trece, pagarás el 50% de la base mínima de cotización durante 48 meses más, hasta alcanzar los 5 años que te comentábamos al principio. Tu cobertura también tiene que ser por contingencias comunes e incapacidad temporal. 

Por tanto, pagarás durante este tiempo alrededor de 137,97 euros al mes.  

Familiares colaboradores de trabajadores autónomos:

Podrás beneficiarte de esta bonificación para autónomos , si eres cónyuge del autónomo titular del negocio, o familiar por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, o por adopción, siempre que no hayas sido autónomo en los 5 años inmediatamente anteriores. Pueden acogerse a esta ayuda también los autónomos familiares colaboradores que estén incluidos en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar.

Esta reducción en tu cuota de autónomo tendrá una duración de 24 meses y se divide en dos partes:

  • Primer tramo: durante tus primeros 18 meses como autónomo, pagarás el 50% de la cuota a aplicar a la base mínima de cotización. Por tanto pagarás euros al mes alrededor de 137,97 euros.

  • Segundo tramo: durante 6 meses más, se te reducirá de la cuota el 25%, por lo que se quedará al mes en aproximadamente 206,27 euros.

Todos los videos para ser autónomo en el Canal de YouTube de Txerpa. ¡Suscríbete!

Familiares del titular de explotación agraria (incorporados a partir de 1 de enero de 2008):

Para tener derecho a que se te aplique esta bonificación en tu cuota de autónomos, tienes que tener 50 años o menos, darte de alta en el RETA o a través del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios, y ser cónyuge o descendiente del titular de la explotación agraria, si éste está dado de alta tanto en el RETA, como en el Sistema Especial del colectivo agrario. La bonificación tiene una duración de 5 años y consistirá en:

  • una reducción equivalente al 30% de la cuota que resulte de aplicar a la base mínima de cotización que corresponda, con cobertura por contingencias comunes: 192,52 euros al mes.

Trabajadores autónomos de Ceuta y Melilla:

Podrán beneficiarse de esta bonificación para autónomos los trabajadores que residan y trabajen en Ceuta y Melilla, estén incluidos en el RETA y su negocio esté encuadrado en los sectores de Agricultura, Pesca y Acuicultura, Industria (excepto Energía y Agua), Comercio, Turismo, Hostelería y resto de servicios (excepto Transporte Aéreo, Construcción de Edificios, Actividades Financieras y de Seguros y Actividades Inmobiliarias).

  • Pagarás el 50% de la cuota con cobertura por contingencias comunes.

Bonificación en la cuota de autónomos 2017 por descanso por maternidad, adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural o suspensión por paternidad:


Si contratas a un trabajador desempleado y le haces un contrato de interinidad bonificado, para disfrutar de tu descanso por maternidad, adopción, acogimiento, paternidad, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural, no pagarás tu cuota de autónomos 2017, ya que se te aplicará una bonificación del 100%. El tiempo de la bonificación coincidirá con los meses de duración del contrato del trabajador por cuenta ajena. 

Bonificación en la cuota de autónomos 2017 por conciliación de la vida profesional y familiar vinculada a la contratación:

Si eres autónomo y necesitas contratar para poder cuidar a tus hijos menores de 7 años o a un familiar, por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, en situación de dependencia debidamente acreditada, conseguirás una bonificación del 100% en tu cuota de autónomos 2017, durante 12 meses. 

Puedes saber mucho más sobre la letra pequeña de esta bonificación haciendo click AQUÍ.  

 

Puedes conocer también todas las bonificaciones en vigor en estos momentos con las cifras 2018 haciendo clic en el siguiente botón

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