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La cotización parcial de los autónomos ya está vigente, aunque pendiente de regulación

Para todos aquellos implicados en la normativa de los trabajadores autónomos, 2017 está siendo sin duda uno de los años cuyo arranque ha estado más marcado por las novedades fiscales y laborales. La noticia que más ha impactado en los medios de comunicación esta semana ha sido la entrada en vigor de la cotización parcial de los autónomos. Desde Txerpa Gestoría Online queremos aclarar todo lo que se ha dicho al respecto durante los últimos días, para que tanto el colectivo autónomo, como todas aquellas personas que estéis pensando en daros de alta, sepáis qué está pasando realmente.

Todo empezó este martes 10 de enero con una nota de prensa emitida por la Unión Profesional de Trabajadores Autónomos (UPTA), en la que recordaba que el 1 de enero de 2017 entró en vigor la posibilidad de que los autónomos coticen a tiempo parcial. Sí, es cierto, la medida está actualmente en vigor. Ahora bien, no existe por el momento la regulación necesaria para que pueda ponerse en marcha.

En realidad, la cotización parcial de los autónomos es una modalidad de cotización aprobada hace varios años y quedó de hecho recogida tanto en la ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, como en el Estatuto del Trabajo Autónomo. Aunque en un principio iba a entrar en vigor en 2014, tal y como recuerda UPTA "la medida se fue aplazando por las sucesivas leyes de presupuestos anuales hasta llegar a la de 2016, que estableció la última entrada en vigor de la modificación en el 1 de enero de 2017 y que por fin se ha mantenido".

¿Qué dice la ley sobre la cotización parcial del Trabajo Autónomo?

Para saber qué dice la normativa sobre la cotización parcial de los autónomos, tenemos que analizar dos leyes. Por su parte, el Estatuto del Trabajo Autónomo recoge en sus artículos 1.1 y 24, que “la actividad autónoma o por cuenta propia podrá realizarse a tiempo completo o a tiempo parcial” y que “los trabajadores por cuenta propia que ejerzan su actividad a tiempo parcial estarán incluidos en el Régimen de la Seguridad Social de Trabajadores Autónomos”, respectivamente.   

Por otro lado, en su nuevo apartado 4, contempla que “la Ley podrá establecer un sistema de cotización a tiempo parcial para los trabajadores autónomos, para determinadas actividades o colectivos y durante determinados periodos de su vida laboral”.

En su defecto, se aplicarán las normas aplicables a los trabajadores contratados a tiempo parcial. Estas normas están incluidas de los artículos 245 a 248 de la Ley General de la Seguridad Social 2015.

En estos cuatro artículos se desgrana toda la normativa referente a  la protección social, la cuantía de las prestaciones económicas, cómputos de los periodos de cotización, así como el tipo de cotización que se aplica a los empleados que trabajan a tiempo parcial. Este último punto es muy interesante en lo que se refiere a los autónomos que quieren cotizar a tiempo parcial, pues establece cuestiones tan aclaratorias como que "la base de cotización a la Seguridad Social y de las aportaciones que se recaudan conjuntamente, con las cuotas de aquella, será siempre mensual y estará constituida por las retribuciones efectivamente percibidas en función de las horas trabajadas, tanto ordinarias como complementarias".

¿Cuándo podrán los autónomos cotizar a tiempo parcial?

A pesar de todo lo dicho anteriormente, y como ya te hemos comentado al principio de este artículo, la Seguridad Social necesita regular toda la normativa mediante la cual se desarrollará el sistema de cotización parcial de los autónomos. Desde Txerpa Gestoría Online hemos transmitido una consulta a la Seguridad Social, para poder saber cómo se va a regular esta nueva medida. 

La aplicación de esta nueva normativa se espera complicada, puesto que debería responder a cuestiones tan importantes como quién puede darse de alta como autónomo a tiempo parcial y cómo, o si afectará a los autónomos que están cotizando por pluriactividad. Esta figura también puede ser interesante para otro tipo de autónomos, como por ejemplo los societarios, que en muchas ocasiones sólo dedican unas cuantas horas a la sociedad, pero igualmente tienen que pagar el 100% de la cuota. 

Aunque como decimos por el momento se desconocen fechas, e incluso se ha escuchado que volverán a posponerlo. De hecho, el pasado 31 de marzo de 2017, el Ministerio de Empleo mantuvo una reunión con las asociaciones de autónomos, de la que trascendió a la prensa que el Gobierno pospondrá la reglamentación del nuevo sistema, remitiendo además todo este tema a la subcomisión parlamentaria encargada de estudiar el régimen de la Seguridad Social de los autónomos.  

Además recuerda que está también pendiente de aprobarse la nueva Ley de apoyo a los autónomos, propuesta por el partido político Ciudadanos, que también se espera que resuelva determinadas cuestiones relacionadas con esta materia.

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