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Nueva normativa para hacerte autónomo y seguir cobrando el paro

(Actualizado el 23 de agosto de 2018)

Gracias a la Ley del fomento del trabajo autónomo aprobada a finales de 2017, hacerse autónomo y seguir cobrando el paro es una realidad ampliada a muchos más trabajadores españoles, independientemente de su edad. Nos explicamos.

Antiguamente podías ser autónomo cobrando el paro durante 270 días, pero solo si tenías menos de 30 años. Pues bien, gracias al cambio legislativo, actualmente cualquier persona desempleada que esté cobrando la prestación por desempleo y quiera darse de alta como autónomo podrá hacerlo, sin importar su edad. 

El plazo de un máximo de 270 días para compatibilizar el alta y el cobro de la prestación permanece igual, así como los pasos a seguir para tramitar esta solicitud.

En el artículo 33 del texto legal, se establecen los mismos requisitos que existían anteriormente:

 

"un máximo de 270 días o por el tiempo inferior pendiente de percibir, siempre que se solicite a la entidad gestora en el plazo de 15 días a contar desde la fecha de inicio de la actividad por cuenta propia, sin perjuicio de que el derecho a la compatibilidad de la prestación surta efecto desde la fecha de inicio de tal actividad".

 

La última frase se tiene especialmente en cuenta a la hora de contabilizar la fecha para cobrar tu primer mes de prestación compatibilizando el alta de autónomo.

Ten muy presente en tu calendario que transcurrido ese plazo de 15 días, no podrás acogerte a esta compatibilidad, que te ayudará a llevar a cabo con más tranquilidad los difíciles inicios de cualquier negocio. Así, tendrás la seguridad de tener un ingreso fijo para hacer frente a los pagos seguros como la cuota de autónomo

Si lo que quieres es darte de alta como autónomo para hacerte socio de una sociedad laboral de nueva creación o de una cooperativas de trabajo asociado de nueva creación, también podrás acogerte a esta compatibilización con los mismos derechos, obligaciones y plazos.

Eso sí, ten muy en cuenta que ser autónomo y seguir cobrando el paro no es compatible en el caso de que quieras "suscribir un contrato para la realización de su actividad profesional con el empleador para el que hubiese prestado sus servicios por cuenta ajena con carácter inmediatamente anterior al inicio de la situación legal de desempleo o una empresa del mismo grupo empresarial de aquella", tal y como indica la ley.

Esta medida es muy interesante para evitar determinados despidos que se están produciendo desde el inicio de la crisis económica: cuando las empresas advierten a sus trabajadores de que solo podrán mantener su empleo si se hacen autónomos.

Conoce todos los pasos para ser autónomo haciendo click en el siguiente botón 

¿Y si estoy cobrando el paro pero solo haré un trabajo esporádico?

Esta situación se presenta a los desempleados más a menudo de lo que nos podamos imaginar. Es una de las grandes dudas que, además, van siempre acompañadas del miedo a perder la prestación por dar pasos en falso y tener problemas con la Seguridad Social.

Puede ser que estés cobrando el paro y te surjan un par de trabajos esporádicos, pero no te merece la pena darte de alta como autónomo, porque en realidad vas a seguir buscando un trabajo por cuenta ajena, o porque se trata de ingresos reducidos. No te preocupes porque existe una solución más sencilla que darte de alta en el RETA. 

En este caso, florece la misma duda de siempre: facturar un par de trabajos sin darte de alta como autónomo, pero con el añadido de que estás cobrando el paro. Como siempre decimos en Txerpa Gestoría Online, no pasa nada si facturas un par de veces al año, eso sí, dándote de alta en Hacienda obligatoriamente para poder facturar e informando a tu oficina de que has realizado esos trabajos para que te paralicen la prestación durante ese tiempo.

Ten muy claro que es ilegal cobrar el paro y trabajar a la vez, puesto que la ley establece que "la realización de un trabajo por cuenta ajena a tiempo completo o parcial supondrá el fin de la compatibilización".

  

Otros nuevos derechos de los autónomos relacionados:

Desde que se aprobó la nueva normativa de apoyo al trabajo autónomo puedes ser autónomo y contratar a un trabajador, sin perder tu bonificación como por ejemplo la tarifa plana de 50 euros en tu cuota a la Seguridad Social. Además, en principio, según lo establecido en la ley, tampoco perderás el paro aunque seas autónomo y contrates. 

Te recordamos también que a la hora de darte de alta como autónomo, si estás cobrando la prestación por desempleo, es muy interesante valorar las otras opciones que te da la Seguridad Social:

 

Si pasados menos de 24 meses desde tu alta como autónomo, las cosas fueran mal y quisieras darte de baja, si todavía tienes paro por cobrar, podrás recuperarlo. Amplía información leyendo nuestro artículo "¿Puedo cobrar el paro después de ser autónomo?"  

Como ves son muchas las posibilidades para poder iniciar tu negocio y cobrar el paro a la vez, para tener así un colchón económico que te ayude a hacer frente a los pagos iniciales, que como sabes son muchos. ¡Suerte!

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