Alta de Autónomo en la Seguridad Social: ¿En qué consiste?
(Actualizado el 30 de abril 2019)
En Txerpa Gestoría Online queremos ayudarte a que entiendas en qué consiste el alta de autónomo en la Seguridad Social y qué aspectos debes tener en cuenta. Aunque antiguamente el alta en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social era el último paso del alta de autónomo, en estos momentos la normativa ha cambiado.
Toma nota de todo lo que tendrás que tener preparado cuando vayas a la Seguridad Social a tramitar tu alta de autónomo, ya sea online o presencial.
Si necesitas ayuda no dudes en utilizar el chat de esta página o ver nuestro servicio de alta.
La gran pregunta. Aunque se ha extendido la creencia de que si no facturas anualmente más del salario mínimo interprofesional no hace falta darse de alta como autónomo en la Seguridad Social, la normativa indica que deberá incluirse en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) todos aquellos mayores de 18 años que realizan de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo, sin contrato de trabajo.
Por tanto, si tu actividad económica independiente tiene una regularidad, de manera que tienes que emitir facturas a lo largo del año, es muy conveniente que te des de alta como autónomo. Puedes facturar estando sólo de alta en Hacienda, pero tiene sus peligros. ¿Sabes cuáles son? No te vayas sin leer este artículo 👇
Se incluyen también en el RETA:
cónyuges y familiares hasta tercer grado que colaboren contigo de forma habitual y directa, que se suelen conocer como autónomos familiares colaboradores.
escritores.
los que tienen que que estar incluidos en un Colegio Profesional que no haya sido incluido en el RETA.
socios industriales de sociedades regulares colectivas y de sociedades comanditarias.
socios trabajadores de Cooperativas de Trabajo Asociado, así como los socios de comunidades de bienes y sociedades civiles.
Varios aspectos importantes sobre este tema.
Como te hemos comentado al principio, da igual si tramitas tu alta de autónomos en la Seguridad Social antes o después del alta en Hacienda. Ahora bien, tu alta en Seguridad Social tiene que ser previa a la fecha en la que informes que vas a iniciar tu actividad económica.
Por ejemplo, si quieres estar dado de alta el día 10, debes tramitarla como muy tarde el día 9, teniendo en cuenta que suele ser efectiva en 24 horas. Igualmente, podrías tramitar el día 9 Hacienda y después Seguridad Social el mismo día, pero siempre antes del día que indiques que quieres estar de alta.
No te preocupes del día en que te des de alta, porque ese primer mes no tendrás que pagarlo completo como antes, sino que la Seguridad Social calculará tu cuota de autónomo de manera proporcional, según los días que hayas estado dado de alta ese primer mes.
Como al ser trabajador autónomo no tendrás un salario fijo, la Seguridad Social necesita tener un salario base de referencia como autónomo, que es en sí la conocida base de cotización.
Sobre esa base de cotización se aplicarán los tipos a los que estés obligado a cotizar, que marcarán posteriormente tus coberturas sociales como autónomo y pensiones.
Como sabes una de las grandes novedades 2019 de la Seguridad Social es que actualmente es obligatorio cotizar por todas las coberturas sociales, excepto para algunos casos.
Por tanto, antes de darte de alta como autónomo en la Seguridad Social tendrás que tener claro:
base de cotización que querrás establecer.
tipos de cotización y si estás obligado a tenerlos todos cubiertos
coberturas sociales que tendrás según el tipo de cotización.
Utilizando estas dos variables, ya sabes cómo calcula la Seguridad Social la cuota de los autónomos 👇
Existen varias posibilidades para no tener que pagar la cuota de autónomo integra:
si antes de darte de alta como autónomo en la Seguridad Social estás cobrando la prestación por desempleo, que sepas que puedes usarlo de diferentes maneras. Lee nuestro artículo ‘Cómo usar tu paro para ser autónomo’ y estudia qué te interesa más. Recuerda que esta decisión tienes que tomarla e indicarla a la Administración antes de finalizar tu alta.
por su puesto existen las famosas bonificaciones para autónomos de la Seguridad Social, a las que podrás acogerte si reúnes los requisitos. Ojo porque no solo está la tarifa plana. Dependiendo de tu caso particular es interesante que estudies el resto 👇 😉
además, existen Comunidades Autónomas con ampliación de la tarifa plana, por lo que dependiendo de dónde vayas a abrir tu negocio, puedes pagar una cuota reducida incluso durante dos años.
ojo si no es la primera vez que te das de alta como autónomo en la Seguridad Social, pues existen nueva normativa para volver a tener bonificación.
A continuación queremos detallarte otros aspectos que debes tener en cuenta al hacerte autónomo en la Seguridad Social:
sin importar si vas a tramitar tu alta de autónomo en la Seguridad Social de manera presencial, u online, es muy importante que te consigas un certificado digital y tramites tu alta en la Sede Electrónica de la Seguridad Social pues una vez te des de alta, recibirás ahí todas las notificaciones oficiales y muchos trámites tendrás que hacerlos online.
ten claro tu CNAE.
decide la cuenta bancaria en la que domiciliarás tu pago de cuota.
Puede saber mucho más leyendo nuestro artículo sobre Documentación necesaria para el alta de autónomo y los requisitos necesarios 👇
Esperamos haberte ayudado a saber mucho más y entender en qué consiste el alta de autónomos en la Seguridad Social. Recuerda que en nuestro blog tienes mucha más información sobre el tema. ¡Utiliza el buscador!
Y si todavía te quedan dudas, puedes dejar tu comentario en este artículo o a través del chat, y el equipo Txerpa intentará ayudarte.
Si quieres darte de alta en la Seguridad Social sin salir de casa y con las mejores condiciones, ¡déjalo en manos de los asesores de Txerpa! 👇